DFL · Nº 1

Qué dice la DFL 1

MODIFICA REQUISITOS PARA EL INGRESO Y PROMOCIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES

Publicada
28 de noviembre de 2009
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Preguntas frecuentes

¿Qué es la DFL 1?

DFL 1 — «MODIFICA REQUISITOS PARA EL INGRESO Y PROMOCIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES». Fue publicada el 28 de noviembre de 2009 por MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 1?

El texto que se muestra rige desde el 27 de enero de 2018. Es la última de 3 versiones registradas desde su publicación.

¿La DFL 1 sigue vigente?

Sí. La DFL 1 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 27 de enero de 2018.

¿Cuántas veces se ha modificado la DFL 1?

El corpus registra 2 normas que la han modificado, que producen 3 versiones de su texto.

Versiones de la DFL 1

Cada fecha es un texto distinto. El corpus guarda las 3, no sólo la vigente.

Articulado

Texto vigente al 27 de enero de 2018 · se muestran los primeros 3 de 5 artículos.

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MODIFICA REQUISITOS PARA EL INGRESO Y PROMOCIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES

D.F.L. Núm. 1.- Santiago, 28 de agosto de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República y la facultad que me ha conferido el artículo 34 de la ley Nº 20.313, dicto el siguiente

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1º

Sustitúyanse los requisitos para el ingreso y promoción de la planta de personal de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, establecidos en la ley Nº 19.184, por los siguientes:

I.- PLANTA DE DIRECTIVOS.

Directivo Grado 2°, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a siete años.

Directivos Grado 5° al 8°, ambos inclusive, afectos al Sistema de Alta Dirección Pública:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a seis años.

Directivos Grado 5°, afectos al artículo 8º del Estatuto Administrativo:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años.

I.- PLANTA DE PROFESIONALES.

A.- Función de Gestión de Administración y Gestión Técnica.

Grado 5º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 4 años.

Grados 6º y 7º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 3 años.

Grados 8º y 9º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 2 años.

Grado 10º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 1 año.

Grados 11º y 12º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente.

B.- Función de Supervisión:

Grado 6º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 14 años en funciones de supervisión en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Grado 7º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 13 años en funciones de supervisión en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Grado 8º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 12 años en funciones de supervisión en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o en el área educacional de dicha institución.

Grado 9º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 10 años en funciones de supervisión en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o en el área educacional de dicha institución.

Grados 10º y 11º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 7 años en funciones de supervisión o en el área educacional en establecimientos de educación parvularia.

Grado 12º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 6 años en funciones de supervisión o en el área educacional en establecimientos de educación parvularia.

Grado 13º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años en funciones de supervisión o en el área educacional en establecimientos de educación parvularia.

Grado 14º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 4 años en funciones de supervisión o en el área educacional en establecimientos de educación parvularia.

Grado 15º:

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 3 años en el área educacional en establecimientos de educación parvularia.

C.- Función de Dirección de Establecimientos de Educación Parvularia:

Grado 6º:

Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 14 años en funciones de dirección de establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o, título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por este o aquellos validados en Chile de acuerdo a la Legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 12 años en funciones de dirección de establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grado 7º:

Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 13 años en funciones de dirección de establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o, título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la Legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 11 años en funciones de dirección de establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grado 8º:

Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 12 años en funciones de dirección de establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o, título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 8 años en funciones de dirección de establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grado 9º:

Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 10 años en .funciones de dirección de establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o, título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 6 años en funciones de dirección de establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grados 10º y 11º:

Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 7 años en funciones en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de dirección de establecimientos de educación parvularia o, título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por este o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años en funciones en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de dirección de establecimientos de educación parvularia y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grado 12º:

Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 6 años en funciones en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de dirección de establecimientos de educación parvularia o, título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grado 13º:

Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años en funciones en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines infantiles o de dirección de establecimientos de educación parvularia o, título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional temprano.

Grado 14º:

Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 4 años en funciones en el área educacional en establecimientos de educación parvularia o, título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional temprano.

Grado 15º:

Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 3 años en funciones en el área educacional en establecimientos de educación parvularia.

Grado 16º:

Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 2 años en funciones en el área educacional en establecimientos de educación parvularia.

Los tramos profesionales referidos anteriormente corresponderán a los señalados en el decreto con fuerza de ley dictado en virtud de lo dispuesto por el artículo cuadragésimo quinto transitorio de la ley N° 20.903.

Sin perjuicio de los requisitos que para cada grado antes se indican, será requisito de ingreso a la función de dirección de establecimientos de educación parvularia, el no haber sido desvinculado producto de los resultados de las evaluaciones que contempla el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, del artículo 19 S.- del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación, y las adecuaciones que se le efectúen en cumplimiento del artículo cuadragésimo quinto transitorio de la ley N° 20.903.

D.- Función Pedagógica en Establecimientos de Educación Parvularia:

Grado 6º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 14 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o, título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 12 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grado 7º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 13 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o, título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 11 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grado 8º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 12 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o, título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 8 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grado 9º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 10 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o, título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 6 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grados 10º y 11º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 7 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de, a lo menos, 9 años en el área educacional en establecimientos de educación parvularia o, título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grado 12º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 6 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de, a lo menos, 8 años en el área educacional en establecimientos de educación parvularia o, título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional avanzado.

Grado 13º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años en el área educacional en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de, a lo menos, 7 años en el área educacional en establecimientos de educación parvularia o, título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional temprano.

Grado 14º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 4 años en el área educacional en establecimientos de educación parvularia o, título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y estar reconocido a lo menos en el tramo profesional temprano.

Grado 15º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 3 años en el área educacional en establecimientos de educación parvularia.

Grado 16º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 2 años en el área educacional en establecimientos de educación parvularia.

Grados 17º y 18º:

Título profesional de Educadora de Párvulos y/o de Educadora Diferencial otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente.

Los tramos profesionales referidos anteriormente corresponderán a los señalados en el decreto con fuerza de ley dictado en virtud de lo dispuesto por el artículo cuadragésimo quinto transitorio de la ley N° 20.903.

Sin perjuicio de los requisitos que para cada grado antes se indican, será requisito de ingreso a la función pedagógica de establecimientos de educación parvularia, el no haber sido desvinculado producto de los resultados de las evaluaciones que contempla el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, del artículo 19 S.- del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación, y las adecuaciones que se le efectúen en cumplimiento del artículo cuadragésimo quinto transitorio de la ley N° 20.903.

II.- PLANTA DE TÉCNICOS.

A.- Funciones Técnicas en Educación Parvularia.

Grado 10º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 15 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 15 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Grado 11º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 13 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 13 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Grado 12º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 11 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 11 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Grado 13º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 10 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 10 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Grado 14º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 9 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 9 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Grado 15º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 8 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de, a lo menos, 9 años como Técnico de Nivel Superior en establecimientos de educación parvularia, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 8 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de, a lo menos, 9 años como Técnico de Nivel Medio en establecimientos de educación parvularia.

Grado 16º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 7 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de, a lo menos, 8 años como Técnico de Nivel Superior en establecimientos de educación parvularia, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 7 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de, a lo menos, 8 años como Técnico de Nivel Medio en establecimientos de educación parvularia.

Grado 17º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 6 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de, a lo menos, 7 años como Técnico de Nivel Superior en establecimientos de educación parvularia, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 6 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de, a lo menos, 7 años como Técnico de Nivel Medio en establecimientos de educación parvularia.

Grado 18º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 5 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de, a lo menos, 6 años como Técnico de Nivel Superior en establecimientos de educación parvularia, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 5 años en establecimientos de educación parvularia en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o, de a lo menos, 6 años como Técnico de Nivel Medio en establecimientos de educación parvularia.

Grados 19º y 20º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 3 años en establecimientos de educación parvularia, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 3 años en establecimientos de educación parvularia.

Grado 21º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 2 años en establecimientos de educación parvularia, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 2 años en establecimientos de educación parvularia.

Grados 22º y 23º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 1 año en establecimientos de educación parvularia, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a 1 año en establecimientos de educación parvularia.

Grado 24º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste, o

b) Título Técnico de Nivel Medio.

B.- Otras Funciones Técnicas.

Grado 10º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 3 años en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia no inferior a 4 años como Técnico de Nivel Medio en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Grados 11º y 12º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 2 años en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia no inferior a 3 años como Técnico de Nivel Medio en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Grados 13º y 14º:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior a 1 año en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia no inferior a 2 años como Técnico de Nivel Medio en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Grados 15º y 16º, alternativamente:

a) Título Técnico de Nivel Superior, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste, o

b) Título Técnico de Nivel Medio y acreditar una experiencia no inferior a 1 año como Técnico de Nivel Medio en el sector público o privado.

IV.- PLANTA DE ADMINISTRATIVOS.

Grado 10º:

Licencia de educación media o equivalente y acreditar una experiencia laboral en el área administrativa no inferior a 6 años en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de 8 años en el área administrativa en el sector público o privado.

Grado 11º:

Licencia de educación media o equivalente y acreditar una experiencia laboral en el área administrativa no inferior a 5 años en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de 7 años en el área administrativa en el sector público o privado.

Grado 12º:

Licencia de educación media o equivalente y acreditar una experiencia laboral en el área administrativa no inferior a 4 años en el sector público o privado.

Grados 13º y 14º:

Licencia de educación media o equivalente y acreditar una experiencia laboral en el área administrativa no inferior a 3 años en el sector público o privado.

Grados 15º y 16º:

Licencia de educación media o equivalente y acreditar una experiencia laboral en el área administrativa no inferior a 2 años en el sector público o privado.

Grados 17º y 18º:

Licencia de educación media o equivalente y acreditar una experiencia laboral en el área administrativa no inferior a 1 año en el sector público o privado.

Grados 19º al 22º:

Licencia de educación media o equivalente.

V.- PLANTA DE AUXILIARES.

Grado 18º:

Licencia de educación media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a 4 años en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o 6 años en el sector público o privado.

Grado 19º:

Licencia de educación media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a 3 años en la Junta Nacional de Jardines Infantiles o 5 años en el sector público o privado.

Grados 20º al 22º:

Licencia de educación media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a 2 años en el sector público o privado.

Grado 23º:

Licencia de educación media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a 1 año en el sector público o privado.

Grados 24º al 26º:

Licencia de educación media o equivalente.

Artículo final

Los requisitos señalados en el artículo anterior no serán exigibles a los funcionarios que, en servicio a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley, desempeñen cargos en calidad de titulares y a contrata, en la medida que se mantengan desempeñando dichos cargos en esas mismas calidades. Tampoco serán exigibles respecto de aquellos funcionarios a contrata indicados precedentemente, cuyos contratos se prorroguen conservando el grado y planta de asimilación que tenían a la mencionada data.

Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Mónica Jiménez de la Jara, Ministra de Educación.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Cristián Martínez Ahumada, Subsecretario de Educación.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

División Jurídica

Cursa con alcance el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2009, del Ministerio de Educación

Nº 65.609.- Santiago, 24 de noviembre de 2009.

Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2009, del Ministerio de Educación, que modifica los requisitos para el ingreso y promoción de la planta de personal de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, establecidos en la ley Nº 19.184.

No obstante lo anterior, en relación con la expresión "validados", utilizada en diversos niveles cuyos requisitos se regulan en el artículo 1º del texto normativo en estudio, cumple con hacer presente que dicho término debe entenderse comprensivo del reconocimiento, revalidación y convalidación de títulos profesionales que le corresponde efectuar a la Universidad de Chile, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2006, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 153, de 1981, de la misma Secretaría de Estado, que aprueba los Estatutos de esa Casa de Estudios Superiores, sin perjuicio, por cierto, de lo que se establece en los Tratados Internacionales vigentes sobre la materia.

Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.

A la señora

Ministra de Educación

Presente.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.

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