Decreto Ley · Nº 406
Qué dice la Decreto Ley 406
MODIFICA LA PLANTA DEL SERVICIO EXTERIOR
- Publicada
- 10 de abril de 1974
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Decreto Ley 406?
Decreto Ley 406 — «MODIFICA LA PLANTA DEL SERVICIO EXTERIOR». Fue publicada el 10 de abril de 1974 por MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Decreto Ley 406?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 10 de abril de 1974: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Decreto Ley 406 sigue vigente?
Sí. La Decreto Ley 406 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 10 de abril de 1974.
Articulado
Texto vigente al 10 de abril de 1974.
__preamble__
MODIFICA LA PLANTA DEL SERVICIO EXTERIOR
Santiago, 1.o de Abril de 1974.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 406.- Vistos: Las disponibilidades de vacantes en las diferentes categorías de la Planta del Servicio Exterior; las situaciones presentadas con motivo del encasillamiento de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo primero
Agrégase el siguiente artículo al decreto ley N.o 60, de 27 de Octubre de 1973:
"Artículo N.o 9: Si el personal de la Planta del Servicio Exterior no pudiera ascender por falta de los requisitos establecidos en el Reglamento de Calificaciones, Ascensos y Destinaciones, no obstante tener vacante, se aumentarán transitoriamente las plazas correspondientes de la Categoría a que pertenece, a fin de que pueda ascender el de categoría inferior que tenga cumplidos sus requisitos. Estos aumentos transitorios se harán efectivos en igualdad de condiciones hasta el último grado de la Planta, con el objeto de hacer los nombramientos correspondientes".
Artículo segundo
Declárase que el Ministerio de Relaciones Exteriores no ha estado ni quedará comprendido en las disposiciones del decreto ley número 193.
Artículo tercero
No podrá ingresarse a la Planta de Servicio Exterior por la vía de la reincorporación, antes de cumplir tres años de estar fuera de ella.
Artículo transitorio
Las vacantes que se hayan producido por efecto del encasillamiento establecido en el decreto supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores N.o 759, de 26 de Diciembre de 1973, podrán proveerse una vez dictado el Reglamento de Calificaciones, Ascensos y destinaciones del personal del Servicio Exterior. Entretanto, se incrementarán en igual número de tales vacantes las plazas de la última categoría de la Planta de dicho Servicio, las que podrán llenarse anualmente en el número que el propio Ministerio de Relaciones Exteriores estime conveniente, por medio de concurso público, de antecedentes y oposición.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE TORIBIO MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Oscar Bonilla Bradanovic, General de División, Ministro del Interior.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Claudio Collados Núñez, Capitán de Navío (IM), Subsecretario de Relaciones Exteriores.