Decreto Ley · Nº 564

Qué dice la Decreto Ley 564

FIJA NUEVAS PLANTAS DE LA DIRECCION DE FRONTERAS Y LIMITES DEL ESTADO Y ESTABLECE UBICACIÓN EN LA ESCALA UNICA

Publicada
19 de julio de 1974
Versiones
1
Artículos
7
Estado
Vigente

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Decreto Ley 564?

Decreto Ley 564 — «FIJA NUEVAS PLANTAS DE LA DIRECCION DE FRONTERAS Y LIMITES DEL ESTADO Y ESTABLECE UBICACIÓN EN LA ESCALA UNICA». Fue publicada el 19 de julio de 1974 por MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Decreto Ley 564?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 19 de julio de 1974: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Decreto Ley 564 sigue vigente?

Sí. La Decreto Ley 564 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 19 de julio de 1974.

Articulado

Texto vigente al 19 de julio de 1974.

__preamble__

FIJA NUEVAS PLANTAS DE LA DIRECCION DE FRONTERAS Y LIMITES DEL ESTADO Y ESTABLECE UBICACIÓN EN LA ESCALA UNICA

Núm. 564.- Santiago, 8 de Julio de 1974.- Vistos, los decretos leyes Nºs 1 y 6, de fechas 11 y 12 de Septiembre de 1973; el decreto ley Nº 60, de 1º de Octubre de 1973, y el decreto ley N.o 200, de 10 de Diciembre de 1973, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado y dictado el siguiente

Decreto ley:

Artículo 1º

Fíjanse las siguientes como nuevas Plantas de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado y establécese su respectiva ubicación en la Escala Unica:

a) Planta Directiva, Profesional y Técnica

Cat. o Grado Esc. Nº de

Grado Unica Designación Empl.

1a. Categ. 4 Director 1

2a. 5 Subdirectores 2

3a. 7 Jefes de Departamento 7

4a. 9 Abogado 1

4a. 11 Subjefes de Departamento 2

4a. 12 Jefes de Sección 1

4a. 12 Profesionales, Técnicos y Expertos 3

5a. 14 Profesionales, Técnicos y Expertos 6

6a. 16 Profesionales, Técnicos y Expertos 4

7a. 19 Profesionales, Técnicos y Expertos 2

b) Planta Administrativa

5a. Categ. 19 Oficiales Administrativos(8) y

Jefe Estac. Mantenimiento(1) 9

6a. 21 Oficiales Administrativos(5) y

Mecánico Jefe(1) 6

7a. 23 Oficiales Administrativos 3

1º Grado 25 Oficiales Administrativos 3

2º 27 Oficiales Administrativos 1

3º 28 Oficiales Administrativos 1

4º 31 Oficiales Administrativos 1

c) Planta de Servicios

7a. Categ. 25 Mayordomo(1), Mecánicos-Choferes(4) 5

1º Grado 26 Auxiliar o Chofer 2

2º 27 Auxiliar o Chofer 3

3º 28 Auxiliar o Chofer 3

4º 29 Auxiliar 1

5º 31 Auxiliar 1

6º 32 Auxiliar 1

9º 35 Auxiliar 1

Artículo 2º

Para el desempeño de los cargos de Profesionales y Técnicos se requerirá título profesional universitario y experiencia de un año en materia afines al Servicio. Los expertos deberán acreditar experiencia de a lo menos 5 años.

Artículo 3º

Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 4 y 5 del DL. Nº 60, de 1973, podrá encasillarse también a los funcionarios de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado cuyos cargos cambien de denominación. Las vacantes que resultaren al practicar el encasillamiento y el que se efectúe de conformidad al artículo 13 del DL. 249, podrán proveerse, por una sola vez, sin la visación previa del Ministerio de Hacienda, no obstante lo establecido en el artículo 3º del DL. Nº 200 y sus modificaciones, y sin perjuicio de lo dispuesto en el DL. 534/74.

Artículo 4º

El presupuesto consultará anualmente las sumas necesarias para los emolumentos del personal indicado en la planta precedente.

Artículo 5º

Estas plantas regirán a partir del 1º de Enero de 1974.

Artículo 6º

Derógase el artículo 23 del decreto ley N.o 295, de 28 de Enero de 1974.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Ismael Huerta Díaz, Vicealmirante, Ministro de Relaciones Exteriores.- Lorenzo Gotuzzo Borlando, Contraalmirante, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Dios guarde a US.- Claudio Collados Núñez, Capitán de Navío (IM), Subsecretario de Relaciones Exteriores.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.

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