DFL · Nº 2
Qué dice la DFL 2
TRASPASA PERSONAL QUE INDICA A LA PLANTA DEL SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR
- Publicada
- 8 de julio de 2004
- Versiones
- 1
- Artículos
- 8
- Estado
- Vigente
MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Preguntas frecuentes
¿Qué es la DFL 2?
DFL 2 — «TRASPASA PERSONAL QUE INDICA A LA PLANTA DEL SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR». Fue publicada el 8 de julio de 2004 por MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 2?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 8 de julio de 2004: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La DFL 2 sigue vigente?
Sí. La DFL 2 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 8 de julio de 2004.
Articulado
Texto vigente al 8 de julio de 2004.
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TRASPASA PERSONAL QUE INDICA A LA PLANTA DEL SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR
D.F.L. Núm. 2.- Santiago, 26 de mayo de 2004.
Vistos: La facultad que me confiere el artículo 15º de la ley Nº 19.828, y el artículo 34º de la ley Nº 19.917, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1º
Traspásase y nómbrase, sin solución de continuidad, como titular en la planta del Servicio Nacional del Adulto Mayor, en grado 12º, para desempeñar funciones específicas en el Comité Regional del Adulto Mayor de la I Región, al funcionario a contrata en el escalafón administrativo, grado 12º E.U.S., del Gobierno Regional de Tarapacá, don Luis López Mora.
Artículo 2º
Traspásase y nómbrase, sin solución de continuidad, como titular en la planta del Servicio Nacional del Adulto Mayor, en grado 12º, para desempeñar funciones específicas en el Comité Regional del Adulto Mayor de la VII Región, a la funcionaria a contrata en el escalafón administrativo, grado 12º E.U.S., del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, doña Claudia Carolina Fica Valdivieso.
Artículo 3º
Traspásase y nómbrase, sin solución de continuidad, como titular en la planta del Servicio Nacional del Adulto Mayor, en grado 13º, para desempeñar funciones específicas en el Comite Regional del Adulto Mayor de la I Región, a la funcionaria a contrata en el escalafon administrativo, grado 13º E.U.S., del Instituto de Normalización Previsional, doña María Isabel Bécar Barraza.
Artículo 4º
Redúcese en un cupo la dotación máxima de personal vigente en el Gobierno Regional de Tarapacá, Fondo de Solidaridad e Inversión Social e Instituto de Normalización Previsional, respectivamente.
Artículo 5º
Transfiéranse los recursos financieros que se liberen por lo dispuesto en los artículos 1º, 2º y 3º de este decreto con fuerza de ley al presupuesto del Servicio del Adulto Mayor, modificando las asignaciones presupuestarias que procedan.
Disposiciones Transitorias
Artículo primero
transitorio: El presente decreto con fuerza de ley regirá a contar del día 1º del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
Artículo segundo
transitorio: Para efectos de los montos que les corresponda percibir en el Servicio del Adulto Mayor, durante el año 2004, por concepto de los incrementos por desempeño institucional y por desempeño colectivo establecidos en los artículos 6º y 7º de la ley Nº 19.553, los funcionarios individualizados en los artículos 1º, 2º y 3º de este decreto con fuerza de ley conservarán el porcentaje a que tuvieron derecho en los servicios de origen.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- JOSE MIGUEL INSULZA SALINAS, Vicepresidente de la República.- Francisco Huenchumilla Jaramillo, Ministro Secretario General de la Presidencia.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Rodrigo Egaña Baraona, Subsecretario General de la República.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
División de Toma de Razón y Registro
Administración Descentralizada
Cursa con alcance DFL Nº 2, de 2004, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia
Nº 32.510.- Santiago, 29 de junio de 2004.-
Esta Contraloría General ha tomado razón del documento del rubro, mediante el cual se traspasa personal que indica a la planta del Servicio Nacional del Adulto Mayor, en virtud de la facultad conferida al Presidente de la República por el artículo 15º de la ley 19.828, en el entendido que el nombramiento de doña María Isabel Bécar Barraza, que dispone el artículo 3º del texto en estudio, es para desempeñar funciones en el Comité Regional para el Adulto Mayor de la Región Metropolitana y no de la I Región, como se señala, acorde con los términos de la postulación efectuada por dicha persona, anexa a los antecedentes.
Saluda atentamente a US., Gustavo Sciolla Avendaño, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro Secretario General de la Presidencia
Presente.