DFL · Nº 5
Qué dice la DFL 5
ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ALTO BIOBIO
- Publicada
- 4 de diciembre de 2004
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DEL INTERIOR
Preguntas frecuentes
¿Qué es la DFL 5?
DFL 5 — «ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ALTO BIOBIO». Fue publicada el 4 de diciembre de 2004 por MINISTERIO DEL INTERIOR.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 5?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 4 de diciembre de 2004: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La DFL 5 sigue vigente?
Sí. La DFL 5 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 4 de diciembre de 2004.
Articulado
Texto vigente al 4 de diciembre de 2004.
__preamble__
ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ALTO BIOBIO
D.F.L. Núm. 5/19.959.- Santiago, 12 de Noviembre de 2004.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 61 y en el inciso 2º del artículo 88 de la Constitución Política de la República y las facultades que me confiere el artículo 2º transitorio, de la Ley Nº19.959, que crea la Comuna de Alto Biobío, y
Considerando:
1.- Que la Ley Nº19.959, otorga facultades al Presidente de la República para fijar la planta de personal de la Municipalidad de Alto Biobío y los requisitos de ingreso y promoción de los cargos, y para determinar el porcentaje de los cargos de planta de la Municipalidad de Santa Bárbara que deberán ser adscritos a la planta de la Municipalidad de Alto Biobío.
2.- Que para la determinación del porcentaje de cargos de planta de la Municipalidad de la comuna originaria, que deberá adscribirse a la planta de la Municipalidad de Alto Biobío, corresponde ponderar la proporción de la población aportada a la comuna de Alto Biobío, por la comuna originaria, y que además, la señalada proporción deberá determinarse, cuando sea procedente, respecto de cada una de las plantas reguladas en la Ley Nº18.883.
3.- Que para el ejercicio de la facultad antes mencionada, deben considerarse necesariamente los requerimientos de personal de la Municipalidad de Santa Bárbara, tanto respecto al total de cargos que componen su planta de personal, como a la estructura de las plantas que la integran, para asegurar de tal forma un adecuado y oportuno cumplimiento de las funciones que le competen, dicto el siguiente:
Decreto con Fuerza de Ley:
Artículo 1º
Fíjase la siguiente planta de personal para la Municipalidad de Alto Biobío.
PLANTA CARGOS GRADOS Nº CARGOS
ALCALDES Alcalde 6º 1
DIRECTIVOS Administrador 7º 1
Municipal
Secretario Comunal 7º 1
de Planificación
Director de 7º 1
Desarrollo
Comunitario
Secretario Municipal 7º 1
Director de Obras 7º 1
Municipales
PROFESIONALES
Profesionales 8º 2
Profesional 9º 1
Profesional 10 1
JEFATURAS Jefatura 9º 1
Jefatura 10º 1
TÉCNICOS Técnico 11º 1
Técnico 12º 1
ADMINISTRATIVOS
Administrativo 13º 1
Administrativos 14º 2
Administrativo 15º 1
AUXILIARES Auxiliares 15º 2
Auxiliares 16º 2
TOTAL
CARGOS 22
Artículo 2º
Establécese los siguientes requisitos específicos para el ingreso y promoción a los cargos que se indican:
PLANTA CARGOS GRADOS REQUISITOS
PROFESIONALES
Profesionales 8º Un cargo
requerirá,
alternativamente,
título profesional
de Ingeniero Civil;
Ingeniero Comercial;
Ingeniero de
Ejecución Mecánico;
Contador Auditor;
Arquitecto o de
Administrador
Público; y el otro
requerirá
alternativamente
título profesional
de Sociólogo o de
Asistente Social
JEFATURAS Jefatura 9º Requerirá,
alternativamente,
título profesional
de Contador Auditor;
Contador Público;
Administrador
Público, o título
técnico en el área
de Administración de
Recursos Financieros
o de Personal.
AUXILIARES Auxiliares 15º Requerirán licencia
de conducir clase A
Artículo 3º
Determínase el siguiente porcentaje de los cargos de planta de la Municipalidad de Santa Bárbara que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º transitorio de la Ley Nº19.959, deberán ser adscritos a la planta de personal establecida en el artículo 1º precedente.
PLANTA PORCENTAJE
Profesionales 12,5 %
Artículo 4º
De conformidad a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 1º transitorio de la Ley Nº19.959, destínase un 38,5 % del total del Fondo Común Municipal de la Comuna de Alto Biobío correspondiente al año 2004, para financiar la instalación del respectivo municipio.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Jorge Correa Sutil, Subsecretario del Interior.