Decreto Ley · Nº 353
Qué dice la Decreto Ley 353
Suprime la Dirección General de Enseñanza Especial
- Publicada
- 23 de agosto de 1932
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Decreto Ley 353?
Decreto Ley 353 — «Suprime la Dirección General de Enseñanza Especial». Fue publicada el 23 de agosto de 1932 por MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Decreto Ley 353?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 23 de agosto de 1932: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Decreto Ley 353 sigue vigente?
Sí. La Decreto Ley 353 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 23 de agosto de 1932.
Articulado
Texto vigente al 23 de agosto de 1932.
__preamble__
Suprime la Dirección General de Enseñanza Especial
Núm. 353.- Santiago, 30 de Julio de 1932.- Teniendo presente:
1.o Que por decreto-ley N.o 220, de 15 del actual, se estableció la Dirección General de Enseñanza Especial, que tendría a su cargo las Escuelas Industriales, los Institutos Comerciales y las Escuelas Técnicas Femeninas;
2.o Que por decreto-ley N.o 254, de 22 del presente mes, se ha dispuesto que las Escuelas Industriales pasen a depender del Ministerio de Fomento, lo que hace necesario modificar la estructura de la Dirección General mencionada en el considerando primero, se dicta el siguiente,
Decreto-ley:
Artículo 1
o Se suprime la Dirección General de Enseñanza Especial, creada por decreto-ley N.o 220, de 15 de Julio del actual.
Artículo 2
o Créase en el Ministerio de Educación, dependiente de la Subsecretaría, un Departamento de Enseñanza Especial, que tendrá a su cargo la dirección técnica de los Institutos Comerciales, las Escuelas Técnicas Femeninas y los demás establecimientos que se coloquen bajo su dependencia.
El jefe de este Departamento tendrá, respecto de los establecimientos mencionados, las facultades y obligaciones indicadas en los Arts. 4.o y 5.o del decreto-ley N.o 220.
Artículo 3
o El Departamento estará a cargo de un jefe del grado 5.o, con renta anual de $ 27,000, que desempeñará también las funciones de visitador de Institutos Comerciales.
Habrá, además, un inspector de Escuelas Técnicas Femeninas, de grado 7.o, con renta anual de $ 21,000.
Artículo 4
o Este decreto-ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de Leyes y Decretos del Gobierno.- CARLOS DAVILA.- C. Soto.