DFL · Nº 1
Qué dice la DFL 1
DEROGA FRANQUICIAS ADUANERAS QUE INDICA
- Publicada
- 5 de mayo de 1979
- Versiones
- 1
- Artículos
- 23
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE HACIENDA
Preguntas frecuentes
¿Qué es la DFL 1?
DFL 1 — «DEROGA FRANQUICIAS ADUANERAS QUE INDICA». Fue publicada el 5 de mayo de 1979 por MINISTERIO DE HACIENDA.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 1?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 5 de mayo de 1979: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La DFL 1 sigue vigente?
Sí. La DFL 1 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 5 de mayo de 1979.
¿Qué otras normas modifica la DFL 1?
Modifica 1 cuerpo legal. En una ley modificatoria el efecto real se lee en la norma modificada, no en su propio texto.
Articulado
Texto vigente al 5 de mayo de 1979 · se muestran los primeros 12 de 23 artículos.
__preamble__
DEROGA FRANQUICIAS ADUANERAS QUE INDICA
Núm. 1.- Santiago, 20 de Abril de 1979.- Vistos: los memorandum números 442 y 446, de 9 de Febrero de 1979 y 12 de Marzo de 1979, respectivamente, del Comité Asesor de Política Arancelaria, y lo dispuesto por los decretos leyes N.os 527, de 1974, y 2.404, de 1978, y
Considerando:
1.- Que la actual política arancelaria del Supremo Gobierno persigue, entre otros fines, la racionalización de los niveles arancelarios, por lo que la diversidad de franquicias aduaneras impide su logro y generan trabas administrativas que dificultan innecesariamente las operaciones de comercio exterior.
2.- Que, en consecuencia es preciso eliminar gradualmente las franquicias y liberaciones aduaneras, por lo que dicto el siguiente
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°
Deróganse a contar de la fecha de publicación de este decreto con fuerza de ley, las siguientes disposiciones legales:
1.- Artículo 1° de la ley 7.840, de 1944;
Artículo 25°
, inciso 2° de la ley 9.311, de 1949;
Artículo 18°
, inciso 2°, de la ley 9.866, de 1951;
Artículos 25° y 26° de la ley 11.791, de 1955, modificada por el artículo 36° de la ley 17.318, de 1970, y por artículo único del decreto ley 886, de 1975;
Artículo 136°
de la ley 13.305, de 1959;
Artículo 2°
de la ley 14.555, de 1961;
Artículo único
de la ley 15.301, de 1963, modificado por artículo 16 de la ley 16.623, de 1967;
Inciso 1° del artículo 1° de la ley 16.383, de 1965;
Artículo 12°
de la ley 16.426, de 1966;
Letra b) del artículo 190° de la ley 16.464, de 1966, modificada por la letra c), del artículo 221° de la ley 16.840, de 1968, y por el artículo 4° de la ley 17.328, de 1970;
letra e) del artículo 242° de la ley 16.840, de 1968;
Artículo 1°
de la ley 16.926, de 1968;
Artículos 1° y 2° de la ley 17.004, de 1968;
Artículo 4°
de la ley 17.078, de 1969;
Artículo 52°
de la ley 17.276, de 1970;
Inciso 1°, del artículo 27° de la ley 17.377, de 1970;
Letra f), del artículo 53° de la ley 17.382, de 1970.
2.- Artículo único del D.F.L. 82, de 1953, de Hacienda;
Artículo 4°
del D.F.L. 208, de 1953, de Agricultura;
D.F.L. 29, de 1959, de Hacienda;
D.F.L. 186, de 1960, de Hacienda;
Artículos 1° y 4° del D.F.L. 229, de 1960 de Hacienda;