DFL · Nº 9
Qué dice la DFL 9
FIJA LAS PLANTAS DE LA CAJA DE PREVISION DE;EMPLEADOS PARTICULARES
- Publicada
- 16 de mayo de 1964
- Versiones
- 1
- Artículos
- 9
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Preguntas frecuentes
¿Qué es la DFL 9?
DFL 9 — «FIJA LAS PLANTAS DE LA CAJA DE PREVISION DE;EMPLEADOS PARTICULARES». Fue publicada el 16 de mayo de 1964 por MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 9?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 16 de mayo de 1964: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La DFL 9 sigue vigente?
Sí. La DFL 9 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 16 de mayo de 1964.
Articulado
Texto vigente al 16 de mayo de 1964.
__preamble__
FIJA LAS PLANTAS DE LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES
Santiago, 19 de Marzo de 1964.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 9-138.- Vistas las atribuciones que me concede la ley N° 15.474, dicto el siguiente Decreto:
Artículo 1°
Fíjanse las siguiente plantas de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, en reestructuración y las remuneraciones anuales correspondientes:
PLANTA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y TECNICA
-------------------------------------------------------
Categoría o Sueldo N° de Total
grado Cargo unitario EE. anual
E° E°
-------------------------------------------------------
1a. Cat. Vicepresidente
Ejecutivo 8.160,- 1 8.160,-
2a. Cat. Fiscal, Gerente
General 6.480,- 2 12.960,-
3a. Cat. Jefe Depto.
Beneficios.Jefe
Depto. Contabilidad,
Jefe Depto.
Presupuestos, Jefe
Depto. Actuariado y
Estadística, Jefe
Depto. Sucursales,
Jefe Depto. Personal
y Bienestar, Jefe
Depto. Inspección,
Secretario General,
Abogado Jefe,
Abogado Visitador__ 5.520.- 10 55.200,-
4a. Cat. Jefe Depto. de
Pensiones, Jefe
Sub-Depto.
Asistencia Social,
Jefe Sub-Departamento
Actuariado, Jefe
Sub-Departamento
Estadística, Jefe
Sub-Depto.
Servicios Hollerith,
Jefe Sub-Depto.
Tesorería, Jefe
Sub-Depto.
Administración de
Propiedades, Jefe
Sub-Depto.
Contabilidad
Central,
Coordinador Depto.
Beneficios, Agentes
(3), Abogados (8),
Inspectores (2),
Jefe Oficina de
Racionalización ___ 4.536,- 23 104.328,-
5a. Cat. Jefe Sub-Depto.
Asignación
Familiar, Jefe
Sub-Depto.
Préstamos
Hipotecarios,
Jefe Sub-Depto.
Fondos de Retiro,
Jefe Sub-Depto.
Archivo General,
Jefe Sub-Depto.
Liquidación de
Pensiones,
Jefe Sub-Depto.
Tramitación de
Pensiones, Jefe
Sub-Depto.
Reconocimiento de
Tiempo Servido,
Jefe Sub-Depto.
Registro y
Perfeccionamiento
del Personal,
Agentes (6),
Abogados (12),
Estadístico,
Racionalizador,
Asistentes Sociales
(3), Operador
Máquinas
Hollerith,
Inspectores (7),
Contadores (3),
Calculistas (2),
Arquitecto,
Ingeniero _________ 4.080,- 46 187.680,-
6a. Cat. Jefe Oficina
de Relaciones
Públicas, Jefe
Sub-Depto. de
Bienestar del
Personal, Jefe
Sub-Depto. de
Deudas
Hipotecarias,
Jefe Sub-Depto.
Adquisición de
Materiales y
Utiles, Jefe
Sub-Depto.
Remuneraciones
del Personal,
Jefe Sub-Depto.
Subsidios y
Reembolsos por
Cesantía, Jefe
Sub-Depto.
Préstamos de
Auxilio, Jefe
Sub-Depto.
Integros Obligados,
Agentes (5),
Abogados (13),
Estadísticos (2),
Asistentes
Sociales (4),
Operadores
Máquinas Hollerith
(2), Inspectores
(9), Contadores
(3), Racionalizador,
Calculistas (2) ___ 3.804,- 49 186.396,-
7a. Cat. Agentes (2),
Abogados (16),
Estadísticos (2),
Asistentes
Sociales (4),
Inspectores (11),
Contadores (3),
Racionalizadores
(2), Relacionador
Público,
Calculistas (2),
Operadores
Máquinas
Hollerith (3) _____ 3.540,- 46 162.840,-
Grado 1°. Procuradores (8),
Estadísticos (3),
Asistentes
Sociales (2),
Inspectores (19),
Contadores (3),
Calculistas (3),
Operadores
Máquinas
Hollerith (6) _____ 3.336,- 44 146.784,-
Grado 2°. Procuradores (8),
Estadísticos (4),
Operadores
Máquinas
Hollerith (2),
Perforadores
Máquinas
Hollerith (5),
Inspectores (19),
Contadores (3),
Calculistas (3) ___ 3.060,- 44 134.640,-
Grado 3°. Procuradores (8),
Perforadores
Máquinas
Hollerith (7);
Estadísticos (7);
Contadores (2);
Inspectores (21);
Calculistas (4) ___ 2.916,- 49 142.884,-
Grado 4°. Estadísticos (7);
Perforadores
Máquinas
Hollerith (8);
Inspectores (30);
Calculistas (4) ___ 2.688,- 49 131.712,-
Grado 5°. Estadísticos (7);
Inspectores (42)___ 2.508,- 49 122.892,-
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412 1.396.476,-
PLANTA ADMINISTRATIVA
5a. Cat. Oficiales
Administrativos 3.456,- 65 224.640,-
6a. Cat. Oficiales
Administrativos 2.760,- 66 182.160,-
7a. Cat. Oficiales
Administrativos 2.484,- 67 166.428,-
Grado 1°. Oficiales
Administrativos 2.220,- 68 150.960,-
Grado 2°. Oficiales
Administrativos 2.040,- 69 140.760,-
Grado 3°. Oficiales
Administrativos 1.944,- 70 136.080,-
Grado 4°. Oficiales
Administrativos 1.800,- 71 127.800,-
Grado 5°. Oficiales
Administrativos 1.668,- 72 120.096,-
Grado 6°. Oficiales
Administrativos 1.548,- 73 113.004,-
Grado 7°. Oficiales
Administrativos 1.476,- 74 109.224,-
Grado 8°. Oficiales
Administrativos 1.392,- 75 104.400,-
Grado 9°. Oficiales
Administrativos 1.308,- 76 99.408,-
Grado 10°. Oficiales
Administrativos 1.200,- 77 92.400,-
Grado 11°. Oficiales
Administrativos 1.128,- 78 87.984,-
Grado 12°. Oficiales
Administrativos 1.068,- 79 84.372,-
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1.180 1.939.716,-
PLANTA DEL PERSONAL SECUNDARIO
Grado 7°. Auxiliares _______ 1.476,- 60 88.560,-
Grado 8°. Auxiliares _______ 1.392,- 61 84.912,-
Grado 9°. Auxiliares _______ 1.308,- 62 81.096,-
Grado 10°. Auxiliares _______ 1.200,- 63 75.600,-
Grado 11°. Auxiliares _______ 1.128,- 64 72.192,-
Grado 12°. Auxiliares _______ 1.068,- 65 69.420,-
------- -----------
375 471.780,-
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TOTAL ____________________ 1.867 3.807,972,-
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Artículo 2°
Los cargos de Gerente General, Jefe del Departamento de Beneficios, Jefe del Departamento de Sucursales, Jefe del Departamento de Actuariado y Estadística, Jefe del Departamento de Inspección, Jefe del Departamento de Pensiones, Jefe del Sub-Departamento Actuariado, Jefe del Sub-Departamento Servicios Hollerith, Jefe del Sub-Departamento Administración de Propiedades, Jefe del Sub-Departamento Tesorería, Inspectores y Agentes, corresponden, respectivamente, a los actuales empleos de: Gerente Administrativo, Gerente de la Oficina de Santiago, Gerente de Sucursales, Jefe Sub-Departamento Financiero Actuarial, Jefe Departamento Inspectores Visitadores de Oficinas, Jefe Departamento de Jubilaciones, Actuario Sub-Jefe Sub-Departamento Financiero Actuarial, Jefe Sub-Departamento Control Hollerith, Jefe Sub-Departamento Propiedades, Jefe Sub-Departamento Ingresos y Egresos, Inspectores Visitadores de Oficinas y Administradores de Sucursales.
Artículo 3°
La Caja de Previsión de Empleados Particulares estará constituída por las siguientes dependencias: Fiscalía, Gerencia General, Departamento de Beneficios, Departamento de Pensiones, Departamento de Contabilidad, Departamento de Presupuestos, Departamento de Actuariado y Estadística, Departamento de Sucursales, Secretaría General, Departamento de Inspección, Departamento de Personal y Bienestar y las Oficinas de Racionalización y de Relaciones Públicas.
De la Gerencia General dependerán la Secretaría General y todos los Departamentos de la Caja, excepto el Departamento de Personal y Bienestar y las Oficinas de Racionalización y de Relaciones Públicas.
Del Departamento de Beneficios dependerá el Departamento de Pensiones y los siguientes Sub-Departamentos: Asistencia Social, Administración de Propiedades, Asignación Familiar, Préstamos Hipotecarios, Fondos de Retiro, Liquidación de Pensiones, Tramitación de Pensiones, Reconocimiento de Tiempo Servido, Subsidios y Reembolsos por Cesantía, Préstamos de Auxilio, Integros Obligados y las Agencias de Santiago.
Del Departamento de Contabilidad dependerán los siguientes Sub-Departamentos: Contabilidad Central, Tesorería, Deudas Hipotecarias y Remuneraciones del Personal.
Del Departamento de Actuariado y Estadística dependerán los Sub-Departamentos de Actuariado, de Estadística y de Servicios Hollerith.
Del Departamento de Sucursales dependerán todas las Agencias, excepto las de Santiago que dependerán del Departamento de Beneficios.
De la Secretaría General dependerán el Sub-Departamento de Adquisición de Materiales y Utiles, el Sub-Departamento de Archivo General y el Personal de Servicios Menores.
Del Departamento de Inspección dependerán todos los Inspectores de la Caja, sin perjuicio de la tuición de los Agentes sobre aquellos asignados a sus respectivas dependencias.
Del Departamento de Personal y Bienestar dependerán los Sub-Departamentos de Registro y Perfeccionamiento del Personal y de Bienestar.
El Fiscal será el asesor jurídico de la Caja y el Secretario General, el Jefe Administrativo. El Departamento de Personal y Bienestar y las Oficinas de Racionalización y de Relaciones Públicas serán órganos asesores, dependientes directamente de la Vicepresidencia Ejecutiva.
El Reglamento adecuará la organización interna de la Caja, de acuerdo con lo prescrito en los incisos anteriores.
Artículo 4°
Tendrán el carácter de Directivos todos los cargos de Jefes de Departamento y de Sub-Departamento mencionados en el artículo anterior, los de Agentes, los de Inspectores y el de Coordinador del Departamento de Beneficios.
Artículo 5°
Para los efectos de lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 2° de la ley N° 15.474, se considerará como Jefe de Departamento, además de los nominados como tales en el artículo 1°, el Coordinador del Departamento de Beneficios.
Artículo 6°
Para desempeñar los cargos de Fiscal, Abogados, Arquitecto, Ingeniero, Asistentes Sociales, Jefe de la Oficina de Racionalización, se requerirá estar en posesión del título respectivo e inscrito en el Colegio correspondiente, en su caso.
Para desempeñar los cargos de Jefe del Departamento de Contabilidad, Jefe del Departamento de Presupuestos, Jefe del Sub-Departamento de Contabilidad Central, Jefe del Sub-Departamento de Remuneraciones del Personal y Contadores, se requerirá estar inscrito en el Colegio de Contadores.
Para desempeñar los cargos de Jefe del Departamento de Actuariado y Estadística, de Jefe del Sub-Departamento de Actuariado y de Calculistas se requerirá haber rendido en forma satisfactoria el primer año de Ingeniería Civil o Comercial o de Pedagogía en Matemáticas en el primer caso y ser bachiller en Matemáticas, en los restantes.
Para ser encasillado en el cargo de Jefe del Sub-Departamento de Estadística y en el de Estadístico, se requerirá haber aprobado un curso básico de estadística en cualquier especialidad, de 80 horas de clases o laboratorios, como mínimo, en cualquier escuela universitaria chilena del Estado o reconocida por éste, o extranjera u organización internacional. Los mismos requisitos se exigirán para proveer estos cargos en el futuro.
Para desempeñar el cargo de Jefe de la Oficina de Racionalización y el de Racionalizador, se requerirá, respectivamente, estar en posesión del título de Ingeniero Comercial o de Administrador Público, y haber aprobado un curso básico de Administración en cualquier especialidad de 80 horas de clases o laboratorios, como mínimo, en cualquier escuela universitaria chilena del Estado o reconocida por éste, o extranjera u organización internacional.
Para ser encasillado en el cargo de Relacionador Público se requerirá ser periodista colegiado. El mismo requisito se exigirá para proveer este cargo en el futuro.
Para ser encasillado en el cargo de Jefe de Servicios Hollerith, de Operador y de Perforador de Máquinas del mismo tipo se requerirá acreditar idoneidad a satisfacción del Vicepresidente Ejecutivo de la Caja. En los dos primeros casos, la idoneidad se probará mediante el título o certificado de Operador y respecto de los Perforadores, mediante el título correspondiente, ambos otorgados por la firma importadora del equipo respectivo. Los certificados que acrediten asistencia a seminarios para Supervisores se considerarán equivalentes a los títulos de Operador. Los mismos requisitos se exigirán para proveer estos cargos en el futuro.
Para ser encasillado en el cargo de Procurador se requerirá haber rendido satisfactoriamente el tercer año de estudios de la Escuela de Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de alguna de las Universidades del Estado o autorizadas por éste. Los mismos requisitos se exigirán para proveer estos cargos en el futuro.
Para desempeñar los cargos de Inspector y de Agente se requerirá haber sido calificado en Lista de Mérito en los últimos dos años y estar en posesión de la Licencia Secundaria o estudios equivalentes calificados por el Ministerio de Educación Pública.
Artículo 7°
Sustitúyese en el artículo 1° de la ley N° 13.790, el guarismo "6,75%" por "7,50%".
Artículo transitorio
En los cargos de Inspectores, Jefe del Sub-Departamento de Actuariado, Jefe de la Oficina de Racionalización, Agentes, Calculistas y Racionalizadores se encasillará a los empleados que se encontraban desempeñando estas funciones al 20 de Enero de 1964, aun cuando no cumplan los requisitos exigidos en el artículo 6°, o el requisito de estudios en el caso de los Inspectores y Agentes, pero no podrán ascender mientras no acrediten su cumplimiento.
La circunstancia de encontrarse desempeñando la función a la fecha indicada en el inciso anterior se acreditará mediante un certificado expedido por el Vicepresidente Ejecutivo de la Caja, el que se acompañará al decreto de encasillamiento.
Tómese razón, comuníquese e insértese en la Recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- J. ALESSANDRI R.- Miguel Schweitzer S.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a U.- Reinaldo Villarroel Rojas, Subsecretario de Previsión Social.