DFL · Nº 11
Qué dice la DFL 11
FIJA PLANTA DE PERSONAL Y DOTACION DEL SERVICIO DE SALUD: VALPARAISO - SAN ANTONIO
- Publicada
- 1 de agosto de 1980
- Versiones
- 1
- Artículos
- 9
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE SALUD
Preguntas frecuentes
¿Qué es la DFL 11?
DFL 11 — «FIJA PLANTA DE PERSONAL Y DOTACION DEL SERVICIO DE SALUD: VALPARAISO - SAN ANTONIO». Fue publicada el 1 de agosto de 1980 por MINISTERIO DE SALUD.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 11?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 1 de agosto de 1980: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La DFL 11 sigue vigente?
Sí. La DFL 11 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 1 de agosto de 1980.
Articulado
Texto vigente al 1 de agosto de 1980.
__preamble__
FIJA PLANTA DE PERSONAL Y DOTACION DEL SERVICIO DE SALUD: VALPARAISO - SAN ANTONIO
Santiago, 16 de Junio de 1980.- Hoy se decretó lo que sigue:
D.F.L. N° 11.- Visto: estos antecedentes; los decretos leyes Nos. 249, de 1973, y 1.608, de 1976; el decreto con fuerza de ley N° 90, de 1977, del Ministerio de Hacienda; la ley N° 15.076; el capítulo II del decreto ley N° 2763, de 3 de Agosto de 1979; lo establecido en el artículo 56 de este último cuerpo legal; y teniendo presente lo prescrito en los decretos leyes Nos. 1, de 1973, y 527, de 1974, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°
Fíjase la siguiente planta de personal afecta al decreto ley N° 249, de 1973, del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio.
-------------------------------------------------------
Grado N°
Escalafones/Cargos Nivel EUS. Cargos
-------------------------------------------------------
Directivos Superiores
Director III 4° 1
----
1
Directivos
Subdirector Administrativo I 5° 1
Auditor II 6° 1
Asesor Jurídico II 6° 1
Subdirector Administrativo II 6° 1
Directivos II 6° 1
Jefe Departamento Recursos Físicos III 7° 1
Jefe Departamento Finanzas III 7° 1
Jefe Departamento Programa del
Ambiente III 7° 1
Jefe Departamento Recursos Humanos III 7° 1
Jefe Departamento Informática III 7° 1
Subdirector Administrativo III 8° 2
------
12
Jefaturas A
Jefaturas Paramédicas I 9° 3
Jefaturas A I 9° 2
Jefe Servicio Orientación
Médica y Estadística II 10° 2
Jefe Servicio Orientación
Médica y Estadística II 11° 2
Supervisores Paramédicos de
Servicios Clínicos II 11° 12
Jefe Sección Esterilización II 11° 1
Jefe Sección Farmacia II 11° 2
-----
24
Jefaturas B
Supervisores Paramédicos de
Servicios Clínicos I 12° 7
Jefe Sección Farmacia I 12° 2
Jefe Sección Esterilización I 12° 2
Subdirector Administrativo I 12° 1
Jefe Sección Alimentación I 12° 1
Supervisor Paramédico I 12° 8
Coordinador Administrativo I 12° 1
Jefe Sección Contabilidad y
Presupuesto I 13° 2
Jefe Sección Servicios Generales I 13° 2
Jefe Sección Registro Personal y
Bienestar I 13° 2
Jefe Sección Abastecimiento I 13° 2
Jefe Sección Alimentación II 14° 2
-----
32
Jefaturas C
Jefe Sección Servicios Generales I 15° 2
Jefe Sección Contabilidad y
Presupuesto I 15° 2
Supervisores Paramédicos de
Servicios Clínicos I 15° 1
Jefe Servicio Orientación
Médica y Estadística I 15° 1
Jefe Sección Registro Personal y
Bienestar I 15° 2
Jefe Recaudación I 15° 2
Jefe Admisión I 15° 2
Jefe Lavandería I 15° 2
Jefe Contabilidad y Presupuestos I 15° 2
Jefe Sueldos I 15° 2
Jefe Movilización I 15° 2
Jefe Mantención I 15° 2
Jefe Tesorería I 15° 2
Jefe Inventarios I 15° 2
Jefe Estadística I 15° 1
Jefe Sección Abastecimiento I 15° 2
Jefe Sección Alimentación II 16° 1
Jefe Sección Registro Personal y
Bienestar II 17° 1
Jefe Sección Contabilidad y
Presupuesto II 17° 1
Jefe Sección Servicios Generales II 17° 1
Jefe Recaudación II 17° 2
Jefe Admisión y Estadística II 17° 2
Jefe Secretaría y Oficina Partes II 18° 4
-----
41
Asistentes sociales
Asistente Social I 13° 2
Asistente Social II 14° 2
Asistente Social II 15° 4
Asistente Social II 16° 9
Asistente Social II 17° 6
-----
23
Contadores
Contador II 17° 1
-----
1
Nutricionistas
Nutricionista I 15° 1
Nutricionista I 16° 1
Nutricionista II 17° 2
Nutricionista II 18° 5
Nutricionista II 19° 8
-----
17
Enfermeras Universitarias
Enfermera Universitaria I 12° 2
Enfermera Universitaria I 13° 6
Enfermera Universitaria II 14° 9
Enfermera Universitaria II 15° 12
Enfermera Universitaria II 16° 29
Enfermera Universitaria II 17° 50
Enfermera Universitaria II 18° 31
-----
139
Kinesiólogos
Kinesiólogo II 15° 1
Kinesiólogo II 16° 1
Kinesiólogo II 17° 3
Kinesiólogo II 18° 2
Kinesiólogo II 19° 4
----
11
Matronas
Matrona I 12° 1
Matrona I 13° 2
Matrona II 14° 6
Matrona II 15° 6
Matrona II 16° 8
Matrona II 17° 24
Matrona II 18° 8
------
55
Tecnólogos Médicos
Tecnólogo Médico I 13° 1
Tecnólogo Médico II 14° 1
Tecnólogo Médico II 15° 3
Tecnólogo Médico II 16° 3
Tecnólogo Médico II 17° 7
Tecnólogo Médico II 18° 12
Tecnólogo Médico II 19° 6
----
33
Educadoras de Párvulos
Educadora de Párvulos II 18° 1
Educadora de Párvulos II 19° 2
Educadora de Párvulos II 20° 3
----
6
Terapeutas Ocupacionales
Terapeuta Ocupacional II 17° 1
Terapeuta Ocupacional II 18° 2
Terapeuta Ocupacional II 19° 2
----
5
Choferes
Chofer I 22° 7
Chofer I 23° 3
Chofer II 24° 3
Chofer II 25° 5
Chofer II 26° 10
Chofer III 27° 2
Chofer III 28° 13
-----
43
Auxiliares
Auxiliar I 25° 46
Auxiliar I 26° 50
Auxiliar I 27° 58
Auxiliar I 28° 65
Auxiliar I 29° 108
Auxiliar II 30° 21
Auxiliar II 31° 19
-----
367
Oficiales Administrativos
Oficial Administrativo I 19° 6
Oficial Administrativo I 20° 10
Oficial Administrativo I 21° 11
Oficial Administrativo II 22° 15
Oficial Administrativo II 23° 17
Oficial Administrativo II 24 21
Oficial Administrativo II 25 25
Oficial Administrativo III 26 51
Oficial Administrativo III 27 29
Oficial Administrativo III 28° 65
-----
250
Auxiliares Paramédicos
Auxiliar Paramédico I 21° 11
Auxiliar Paramédico I 22° 37
Auxiliar Paramédico II 23° 125
Auxiliar Paramédico II 24° 345
Auxiliar Paramédico III 25° 322
Auxiliar Paramédico III 26° 62
Auxiliar Paramédico IV 27° 65
Auxiliar Paramédico IV 28° 68
Auxiliar Paramédico IV 29° 71
------
1.106
Profesionales y Técnicos
Universitarios
Profesional Universitario 10° 1
Profesional Universitario 12° 1
Profesional Universitario 13° 4
Profesional y Técnico Universitario 14° 3
Profesional y Técnico Universitario 15° 8
Profesional y Técnico Universitario 16° 1
------
18
------
Total Cargos: 2.184
-------------------------------------------------------
Artículo SEGUNDO
Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Servicio de Salud: Valparaíso - San Antonio, los que podrán remunerarse y desempeñarse indistintamente bajo el régimen del decreto ley número 249 de 1973, o de la ley número 15.076.
-------------------------------------------------------
D.L. 249 Ley 15.076 N°
Escalafones/Cargos
-------------------------------------------------------
Dirección Servicio
de Salud
Directivos
Subdirector Médico I 5° 33 1
Jefe Depto. Progra-
ma de las personas III 7° 33 1
-----
2
Dirección Hospital
Directivos
Director I 5° 33 2
Subdirector Médico II 6° 33 2
Director III 7° 33 2
Director III 8° 33 1
Subdirector Médico III 8° 33 2
----
9
Jefaturas A
Jefatura Servicios
Clínicos II 10° 33 15
Jefatura Unidades
de Apoyo II 10° 33 18
Jefatura Unidades
de Apoyo II 11° 33 9
Jefatura Servicios
Clínicos II 11° 33 8
_____
50
Jefaturas B
Jefatura Servicios
Clínicos I 13° 33 1
Jefatura Unidades
de Apoyo I 13° 33 2
----
3
Dirección Atención
Periférica
DIRECTIVOS
Director III 8° 33 1
----
1
Jefaturas A
Director Consultorio II 10° 33 2
Director Consultorio II 11° 33 7
----
9
----
TOTAL CARGOS 74
-------------------------------------------------------
La Provisión de estos empleos se efectuará de acuerdo con las normas vigentes del Estatuto Administrativo o de la ley 15.076, según sea la forma que determine la autoridad al proveer el empleo.
Artículo TERCERO
Fíjase la siguiente Planta de Personal afecto a la ley número 15.076, del Servicio de Salud: Valparaíso - San Antonio.
-------------------------------------------------------
Horas
Escalafones/Cargos Semanales N° Cargos
-------------------------------------------------------
A. Médicos Cirujanos
Médico Cirujano 22 95
Médico Cirujano 28 41
Médico Cirujano 33 21
Médico Cirujano 44 5
Médico Cirujano 22-28 58
-----
220
B. Cirujanos Dentistas u
Odontólogos
Cirujano Dentista u
Odontólogo 22 30
Cirujano Dentista u
Odontólogo 33 10
Cirujano Dentista u
Odontólogo 44 10
Cirujano Dentista u
Odontólogo 22-28 4
----
54
C. Químicos Farmacéuticos
Químico Farmacéutico 22 4
Químico Farmacéutico 33 1
Químico Farmacéutico 44 10
----
15
----
Total Cargos: 289
-------------------------------------------------------
Artículo CUARTO
Mediante decreto del Ministerio de Salud suscrito por el Ministro de Hacienda y firmado por orden del Presidente de la República, se determinarán las especialidades y roles de los cargos creados en los dos artículos precedentes.
Artículo QUINTO
DEROGADO.-
Artículo SEXTO
En conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto ley número 2763 de 1979, el encasillamiento en las plantas de personal que fijan los artículos primero, segundo y tercero del presente decreto con fuerza de ley, se efectuará mediante decreto supremo del Ministerio de Salud, suscrito por orden del Presidente de la República, sin sujeción a las normas ordinarias sobre provisión de empleos, salvo lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley número 90, de 1977, del Ministerio de Hacienda.
ARTICULO SIETE.- El gasto que irrogue el presente decreto con fuerza de ley se imputará a los ítem correspondientes del subtítulo 21 "Gastos en Personal" del presupuesto del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio.
Artículo OCTAVO
La planta de personal y demás disposiciones del presente decreto con fuerza de ley regirán a contar del primero de Agosto de 1980.
Artículo TRANSITORIO
DEROGADO
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese, publíquese e insértese en la Recopilación Oficial de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Alejandro Medina Lois, General de Brigada, Ministro de Salud.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.