DFL · Nº 12

Qué dice la DFL 12

ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCUD

Publicada
12 de mayo de 1994
Versiones
1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DEL INTERIOR

Preguntas frecuentes

¿Qué es la DFL 12?

DFL 12 — «ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCUD». Fue publicada el 12 de mayo de 1994 por MINISTERIO DEL INTERIOR.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 12?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 12 de mayo de 1994: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La DFL 12 sigue vigente?

Sí. La DFL 12 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 12 de mayo de 1994.

Articulado

Texto vigente al 12 de mayo de 1994.

__preamble__

ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCUD

Santiago, 10 de Marzo de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue:

D.F.L. 12-19.280.- Visto: Las facultades otorgadas por el artículo 2° de la Ley N° 19.280, dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de Ley:

Artículo 1°

Adécuanse la plata y escalafones del personal de la Municipalidad de Ancud a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 18.883, en la forma que se señala:

_____________________________________________________

| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.863 DEL DIA JUEVES |

| 12 DE MAYO DE 1994, PAGINA 3 |

|_____________________________________________________|

Artículo 2°

De conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.280 modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Ancud en el siguiente sentido:

A.- Créanse los cargos que se señalan:

Planta Cargo Grado N° Cargos

-------------------------------------------------------

Directivos Director de Obras 8° 1

Municipales

Director de 8° 1

Administración y

Finanzas

Director de Aseo 9° 1

y Ornato

Asesor Jurídico 9° 1

Secretario Comunal de 10° 1

Planificación y

Coordinación

Director Desarrollo 10° 1

Comunitario

Profesionales Profesional 9° 1

Profesional 10° 1

Profesional 11° 1

Jefaturas Jefatura 11° 1

Jefatura 12° 1

Técnicos Técnico 10° 1

Técnico 12° 1

Técnico 15° 1

Técnico 16° 1

Administrativos Administrativo 12° 1

Administrativos 13° 3

Administrativos 16° 2

Administrativos 18° 3

Auxiliares Auxiliares 14° 3

Auxiliares 15° 2

Auxiliar 17° 1

----

TOTAL CARGOS 30

B.- Suprímanse los cargos que se indican:

Planta Cargo Grado N° Cargos

-------------------------------------------------------

Profesionales Profesional 8° 1

Jefaturas Jefaturas 10° 2

Administrativos Administrativos 15° 2

Auxiliares Auxiliar 18° 1

---

TOTAL CARGOS 6

C.- Modifícanse los grados de los cargos que se indican:

Planta Cargo Grado Grado N°

Actual Modificado Cargos

-------------------------------------------------------

Técnicos Técnicos 12° 11° 2

Técnico 13° 12° 1

Técnicos 14° 13° 2

Administrativos Administrativo 13° 12° 1

Administrativo 14° 13° 1

Administrativo 15° 14° 1

Administrativos 16° 15° 3

Administrativos 18° 16° 4

Auxiliares Auxiliares 16° 14° 2

Auxiliar 17° 14° 1

Auxiliar 17° 15° 1

Auxiliar 18° 16° 1

Auxiliares 19° 18° 2

Auxiliar 20° 19° 1

Artículo 3°

Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Ancud:

Planta Cargo Grado N° Cargos

-------------------------------------------------------

Alcalde Alcalde 5° 1

Directivos Juez de Policía Local 6° 1

Secretario Municipal 7° 1

Director de Obras 8° 1

Municipales

Director de 8° 1

Administración y

Finanzas

Directivo 8° 1

Asesor Jurídico 9° 1

Director de Aseo y 9° 1

Ornato

Secretario Comunal de 10° 1

Planificación y

Coordinación

Director Desarrollo 10° 1

Comunitario

Directivo 10° 1

Profesionales Profesionales 9° 2

Profesional 10° 1

Profesional 11° 1

Profesionales Ley N° 15.076 11 hrs.

Jefaturas Jefatura 11° 1

Jefatura 12° 1

Técnicos Técnicos 10° 2

Técnicos 11° 2

Técnicos 12° 2

Técnicos 13° 2

Técnicos 14° 2

Técnico 15° 1

Técnico 16° 1

Administrativos Administrativos 12° 3

Administrativos 13° 4

Administrativos 14° 2

Administrativos 15° 3

Administrativos 16° 2

Administrativos 17° 4

Administrativos 18° 5

Auxiliares Auxiliares 14° 7

Auxiliares 15° 3

Auxiliares 16° 2

Auxiliar 17° 1

Auxiliares 18° 2

Auxiliar 19° 1

----

TOTAL CARGOS 68

Más 11 hrs. Profesionales

Ley N° 15.076

Artículo 4°

Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:

Planta Cargo Grado Requisitos

-------------------------------------------------------

Directivos Director de Obras 8° Desempeño de a

Municipales a lo menos 5

años en

Municipalidades

o en otro

órgano de la

Administración

del Estado.

Director de 8° a) Título de

Administración y Ingeniero

Finanzas Comercial o

Contador

Auditor;

b) Desempeño a lo

menos de 5 años

en

Municipalidades

o en otro

órgano de la

Administración

del Estado, y

c) Haber aprobado

un curso de

especialización

en Contabilidad

Gubernamental.

Director de Aseo 9° Desempeño de a

y Ornato lo menos 5

años en

Municipalidades

o en otro

órgano de la

Administración

del Estado.

Profesionales Profesional 9° - Un cargo

profesional

grado 9°,

requerirá

Título de

Asistente

Social y

desempeño de a

lo menos 5

años en

Municipalidades

- Un cargo

profesional

grado 9°,

requerirá

Título de

Arquitecto

Auxiliares Auxiliares 14° - Seis cargos

auxiliares

grado 14°,

requerirán

Licencia de

Conducir Clase

A-2.

Auxiliares Auxiliares 15° - Dos cargos

auxiliares

grado 15°,

requerirán

Licencia de

Conducir Clase

A-2.

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.