DFL · Nº 14

Qué dice la DFL 14

FIJA PLANTA DE PERSONAL Y DOTACION DEL SERVICIO DE SALUD: LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Publicada
1 de agosto de 1980
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1
Artículos
9
Estado
Vigente

MINISTERIO DE SALUD

Preguntas frecuentes

¿Qué es la DFL 14?

DFL 14 — «FIJA PLANTA DE PERSONAL Y DOTACION DEL SERVICIO DE SALUD: LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS». Fue publicada el 1 de agosto de 1980 por MINISTERIO DE SALUD.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 14?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 1 de agosto de 1980: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La DFL 14 sigue vigente?

Sí. La DFL 14 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 1 de agosto de 1980.

Articulado

Texto vigente al 1 de agosto de 1980.

__preamble__

D.F.L. N° 14, de 1980 (Publicado en el Diario Oficial N° 30.730, de 1° de Agosto de 1980) MINISTERIO DE SALUD PUBLICA FIJA PLANTA DE PERSONAL Y DOTACION DEL SERVICIO DE SALUD: LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Santiago, 16 de Junio de 1980.- Hoy se decretó lo que sigue:

D.F.L. N° 14.- Visto: estos antecedentes; los decretos leyes Nos. 249, de 1973, y 1.608, de 1976; el decreto con fuerza de ley N° 90, de 1977, del Ministerio de Hacienda; la ley N° 15.076; el capítulo II del decreto ley N° 2763, de 3 de Agosto de 1979; lo establecido en el artículo 56 de este último cuerpo legal; y teniendo presente lo prescrito en los decretos leyes Nos. 1, de 1973, y 527, de 1974, dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1°

Fíjase la siguiente Planta de personal afecta al decreto ley N° 249, de 1973, del Servicio de Salud Libertador General Bernardo O'Higgins.

-------------------------------------------------------

Grado N°

Escalafones/Cargos Nivel EUS. Cargos

-------------------------------------------------------

Directivos

Director I 5° 1

Asesor Jurídico II 6° 1

Subdirector Administrativo II 6° 1

Jefe Departamento Finanzas III 7° 1

Jefe Departamento Recursos

Humanos III 7° 1

Jefe Departamento Recursos Físicos III 7° 1

Jefe Departamento Programa del

Ambiente III 7° 1

Subdirector Administrativo III 8° 1

----

8

Jefaturas A

Jefaturas Paramédicas I 9° 1

Jefe Servicio de Bienestar I 9° 1

Jefe Servicio Orientación Médica

y Estadística II 10° 1

Jefe Servicio Orientación Médica

y Estadística II 11° 1

Supervisores Paramédicos de

Servicios Clínicos II 11° 6

Jefe Sección Farmacia II 11° 1

Jefe Sección Esterilización II 11° 1

----

12

Jefaturas B

Jefe Sección Farmacia I 12° 1

Supervisores Paramédicos de

Servicios Clínicos I 12° 4

Jefe Sección Esterilización I 12° 1

Jefe Sección Alimentación I 12° 1

Subdirector Administrativo I 12° 1

Supervisor Paramédico I 12° 4

Coordinador Administrativo I 12° 1

Jefe Sección Registro Personal y

Bienestar I 13° 1

Jefe Sección Abastecimiento I 13° 1

Jefe Sección Servicios Generales I 13° 1

Jefe Sección Contabilidad y

Presupuesto I 13° 1

Jefe Sueldos II 14° 1

Jefe Sección Alimentación II 14° 1

Jefe Sección Registro Personal y

Bienestar II 14° 1

----

20

Jefaturas C

Jefe Sección Abastecimiento I 15° 1

Jefe Sección Registro Personal y

Bienestar I 15° 1

Jefe Recaudación I 15° 1

Jefe Estadística I 15° 1

Jefe Sección Contabilidad y

Presupuesto I 15° 1

Supervisores Paramédicos de

Servicios Clínicos I 15° 2

Jefe Servicio Orientación Médica y

Estadística I 15° 1

Jefe Sección Servicios Generales I 15° 1

Jefe Admisión I 15° 1

Jefe Sección Alimentación II 16° 1

Jefe Recaudación II 17° 1

Jefe Sección Registro Personal y

Bienestar II 17° 1

Jefe Sección Contabilidad y

Presupuesto II 17° 1

Jefe Admisión y Estadística II 17° 1

Jefe Sección Servicios Generales II 17° 1

Jefe Secretaría y Oficina Partes II 18° 3

-----

19

Asistentes Sociales

Asistente Social II 14° 1

Asistente Social II 15° 2

Asistente Social II 16° 4

Asistente Social II 17° 6

Asistente Social II 18° 5

-----

18

Contadores

Contador I 15° 2

Contador II 16° 1

Contador II 17° 1

-----

4

Nutricionistas

Nutricionista I 15° 1

Nutricionista I 16° 1

Nutricionista II 17° 2

Nutricionista II 18° 6

Nutricionista II 19° 9

Nutricionista II 20° 6

-----

25

Enfermeras Universitarias

Enfermera Universitaria I 12° 2

Enfermera Universitaria I 13° 3

Enfermera Universitaria II 14° 5

Enfermera Universitaria II 15° 5

Enfermera Universitaria II 16° 16

Enfermera Universitaria II 17° 29

Enfermera Universitaria II 18° 32

-----

92

Encuestadores y Codificadores

de Datos

Encuestador y Codificador de Datos I 18° 1

Encuestador y Codificador de Datos I 19° 2

Encuestador y Codificador de Datos I 20° 3

-----

6

Kinesiólogos

Kinesiólogo II 15° 1

Kinesiólogo II 16° 2

Kinesiólogo II 17° 3

-----

6

Matronas

Matrona I 12° 1

Matrona I 13° 2

Matrona II 14° 5

Matrona II 15° 7

Matrona II 16° 16

Matrona II 17° 28

Matrona II 18° 32

-----

91

Tecnólogos Médicos

Tecnólogo Médico II 14° 1

Tecnólogo Médico II 15° 1

Tecnólogo Médico II 16° 2

Tecnólogo Médico II 17° 5

Tecnólogo Médico II 18° 8

Tecnólogo Médico II 19° 16

-----

33

Educadoras de Párvulos

Educadora de Párvulos II 19° 1

Educadora de Párvulos II 20° 3

Educadora de Párvulos II 21° 3

-----

7

TERAPEUTAS OCUPACIONALES

Terapeuta Ocupacional II 16° 1

-----

1

Choferes

Chofer I 22° 13

Chofer I 23° 5

Chofer II 24° 3

Chofer II 25° 10

Chofer II 26° 18

Chofer III 27° 4

Chofer III 28° 20

-----

73

Auxiliares

Auxiliar I 25° 24

Auxiliar I 26° 29

Auxiliar I 27° 34

Auxiliar I 28° 37

Auxiliar I 29° 60

Auxiliar II 30° 1

-----

185

Oficiales Administrativos

Oficial Administrativo I 19° 8

Oficial Administrativo I 20° 9

Oficial Administrativo I 21° 9

Oficial Administrativo II 22° 11

Oficial Administrativo II 23° 11

Oficial Administrativo II 24° 18

Oficial Administrativo II 25° 23

Oficial Administrativo III 26° 36

Oficial Administrativo III 27° 33

-----

158

Auxiliares Paramédicos

Auxiliar Paramédico I 21° 8

Auxiliar Paramédico I 22° 25

Auxiliar Paramédico II 23° 88

Auxiliar Paramédico II 24° 255

Auxiliar Paramédico III 25° 225

Auxiliar Paramédico III 26° 293

Auxiliar Paramédico IV 27° 3

Auxiliar Paramédico IV 28° 12

Auxiliar Paramédico IV 29° 25

-----

934

Profesionales y Técnicos Universitarios

Profesional Universitario 7° 2

Profesional Universitario 8° 1

Profesional Universitario 10° 1

Profesional Universitario 12° 1

Profesional y Técnico Universitario 14° 1

Profesional y Técnico Universitario 15° 11

Profesional y Técnico Universitario 16° 1

Profesional y Técnico Universitario 17° 2

Profesional y Técnico Universitario 18° 1

Profesional y Técnico Universitario 19° 3

Profesional y Técnico Universitario 20° 9

-----

33

-------

Total Cargos: 1.725

-----------------------------------------------------

Artículo SEGUNDO

Créanse los siguientes cargos en la Planta de Personal del Servicio de Salud: Libertador Gral. Bernardo O'Higgins, los que podrán remunerarse y desempeñarse indistintamente bajo el régimen del decreto ley número 249 de 1973, o de la ley número 15.076.

-------------------------------------------------------

D.L. 249 Ley 15.076 N°

Escalafones/Cargos Nivel Grado Hrs. Sem. Cargo

------------------------------------------------------

Dirección Servicio de Salud

Directivos

Jefe Depto. Programa

de las Personas III 7° 33 1

Auditor III 7° 33 1

Presidente Comisión

Medicina Preventiva e

Invalidez III 7° 33 1

Jefe Profesiones Médicas

y Paramédicas III 8° 33 1

----

4

Dirección Hospital

Directivos

Director I 5° 33 1

Subdirector Médico II 6° 33 1

Director III 7° 33 1

Subdirector Médico III 8° 33 1

Director III 8° 33 1

----

5

Jefaturas A

Jefatura Unidades de

Apoyo II 10° 33 7

Jefatura Servicios

Clínicos II 10° 33 9

Jefatura Servicios

Clínicos II 11° 33 5

Jefatura Unidades de

Apoyo II 11° 33 3

----

24

Jefaturas B

Jefatura Unidades de Apoyo I 13° 33 1

Jefatura Servicios

Clínicos I 13° 33 5

----

6

Dirección Atención Periférica

Directivos

Director III 7° 33 1

----

1

Total Cargos: 40

-------------------------------------------------------

La provisión de estos empleos se efectuará de acuerdo con las normas vigentes del Estatuto Administrativo o de la ley 15.076, según sea la forma que determine la autoridad al proveer el empleo.

Artículo TERCERO

Fíjase la siguiente planta de personal afecto a la ley número 15.076, del Servicio de Salud: Libertador General Bernardo O'Higgins.

-------------------------------------------------------

Horas Número

Escalafones/Cargos Semanales de cargos

-------------------------------------------------------

A. Médicos Cirujanos

Médico Cirujano 11 1

Médico Cirujano 22 38

Médico Cirujano 28 40

Médico Cirujano 33 25

Médico Cirujano 44 38

Médico Cirujano 22-28 14

-----

156

B. Odontólogos o Cirujanos

Dentistas

Odontólogo o Cirujano

Dentista 22 15

Odontólogo o Cirujano

Dentista 28 6

Odontólogo o Cirujano

Dentista 33 2

Odontólogo o Cirujano

Dentista 44 19

-----

42

C. Químicos Farmacéuticos

Químico Farmacéutico 44 2

-----

2

D. Bioquímicos

Bioquímico 44 1

_____

1

Total Cargos: 201

-------------------------------------------------------

Artículo CUARTO

_ Mediante decreto del Ministerio de Salud, suscrito por el Ministro de Hacienda y firmado por orden del Presidente de la República, se determinarán las especialidades y roles de los cargos creados en los dos artículos precedentes.

Artículo QUINTO

_ DEROGADO.-

Artículo SEXTO

_ En conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto ley número 2763 de 1979, el encasillamiento en las Plantas de Personal que fijan los artículos primero, segundo y tercero del presente decreto con fuerza de ley, se efectuará mediante decreto supremo del Ministerio de Salud, suscrito por orden del Presidente de la República, sin sujeción a las normas ordinarias sobre provisión de empleos, salvo lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley número 90, de 1977, del Ministerio de Hacienda.

ARTICULO SIETE.- El gasto que irrogue el presente decreto con fuerza de ley se imputará a los ítem correspondientes del subtítulo 21 "Gastos en Personal" del Presupuesto del Servicio de Salud Libertador Gral. Bernardo O'Higgins.

Artículo OCTAVO

_ La Planta de Personal y demás disposiciones del presente decreto con fuerza de ley regirán a contar del primero de Agosto de 1980.

Artículo TRANSITORIO

_ DEROGADO

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese, publíquese e insértese en la Recopilación Oficial de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Alejandro Medina Lois, General de Brigada, Ministro de Salud.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.