DFL · Nº 15

Qué dice la DFL 15

SUSTITUYE ESCALAFONES QUE INDICA EN LA PLANTA DE LA DIRECCION GENERAL DE DEPORTES Y RECREACION

Publicada
5 de junio de 1982
Versiones
1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DE HACIENDA

Preguntas frecuentes

¿Qué es la DFL 15?

DFL 15 — «SUSTITUYE ESCALAFONES QUE INDICA EN LA PLANTA DE LA DIRECCION GENERAL DE DEPORTES Y RECREACION». Fue publicada el 5 de junio de 1982 por MINISTERIO DE HACIENDA.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 15?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 5 de junio de 1982: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La DFL 15 sigue vigente?

Sí. La DFL 15 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 5 de junio de 1982.

Articulado

Texto vigente al 5 de junio de 1982.

__preamble__

SUSTITUYE ESCALAFONES QUE INDICA EN LA PLANTA DE LA DIRECCION GENERAL DE DEPORTES Y RECREACION

D.F.L. N° 15.- Santiago, 5 de Abril de 1982.- Vistos: Lo establecido en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado, la facultad que me otorga el inciso segundo del artículo 34° del decreto ley N° 3.551, de 1981, modificado por los decretos leyes N° 3.628 y 3.650, ambos de 1981, y

Teniendo presente: Las modificaciones introducidas por el DFL. N° 11/3.551, de 1981, al DFL. N° 90 de Hacienda, de 1977 y lo dispuesto en el decreto supremo de Hacienda N° 90, de 3 de Febrero de 1981,

dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1°

Sustitúyense, a contar del 1° de Julio de 1982, los escalafones de Jefaturas A, C, Contadores Dibujantes Técnicos, Encuestadores y Codificadores de Datos, Oficiales Administrativos y Auxiliares de la planta de la Dirección General de Deportes y Recreación y los escalafones de Oficiales Administrativos y Auxiliares de la planta del Estadio Nacional, por los siguientes:

-------------------------------------------------------

Jefaturas A (5)

Grado 9° E.U.S. Nivel I (3)

Grado 10° E.U.S. Nivel II (2)

Contadores (5)

Grado 10° E.U.S. Nivel I (1)

Grado 13° E.U.S. Nivel II (1)

Grado 15° E.U.S. Nivel II (1)

Grado 18° E.U.S. Nivel III (1)

Grado 21° E.U.S. Nivel IV (1)

Dibujantes Técnicos (2)

Grado 19° E.U.S. Nivel II (1)

Grado 20° E.U.S. Nivel III (1)

Encuestadores y Codificadores de Datos (1)

Grado 17° E.U.S. Nivel I (1)

Oficiales Administrativos (69)

Grado 14° E.U.S. Nivel I (4)

Grado 15° E.U.S. Nivel I (4)

Grado 16° E.U.S. Nivel II (6)

Grado 17° E.U.S. Nivel II (8)

Grado 18° E.U.S. Nivel II (9)

Grado 19° E.U.S. Nivel II (10)

Grado 20° E.U.S. Nivel III (6)

Grado 21° E.U.S. Nivel III (5)

Grado 22° E.U.S. Nivel III (5)

Grado 23° E.U.S. Nivel III (3)

Grado 24° E.U.S. Nivel III (3)

Grado 25° E.U.S. Nivel IV (3)

Grado 26° E.U.S. Nivel IV (1)

Grado 27° E.U.S. Nivel IV (1)

Grado 28° E.U.S. Nivel IV (1)

Auxiliares (91)

Grado 21° E.U.S. Nivel I (2)

Grado 22° E.U.S. Nivel I (4)

Grado 23° E.U.S. Nivel II (6)

Grado 24° E.U.S. Nivel II (8)

Grado 25° E.U.S. Nivel II (2)

Grado 26° E.U.S. Nivel II (9)

Grado 27° E.U.S. Nivel II (12)

Grado 28° E.U.S. Nivel III (14)

Grado 30° E.U.S. Nivel III (13)

Grado 31° E.U.S. Nivel III (21)

Oficiales Administrativos Estadio Nacional (7)

Grado 15° E.U.S. Nivel I (1)

Grado 17° E.U.S. Nivel II (1)

Grado 19° E.U.S. Nivel II (1)

Grado 21° E.U.S. Nivel III (1)

Grado 23° E.U.S. Nivel III (1)

Grado 25° E.U.S. Nivel IV (1)

Grado 27° E.U.S. Nivel IV (1)

Auxiliares Estadio Nacional (92)

Grado 21° E.U.S. Nivel I (2)

Grado 22° E.U.S. Nivel I (4)

Grado 23° E.U.S. Nivel II (6)

Grado 24° E.U.S. Nivel II (8)

Grado 25° E.U.S. Nivel II (3)

Grado 26° E.U.S. Nivel II (10)

Grado 27° E.U.S. Nivel II (10)

Grado 28° E.U.S. Nivel III (13)

Grado 30° E.U.S. Nivel III (15)

Grado 31° E.U.S. Nivel III (21)

-------------------------------------------------------

Artículo 2°

Los cargos que a continuación se señalan se fusionan en los escalafones que se indican:

Un cargo de Jefatura C grado 16° E.U.S. se fusiona en el Escalafón de Jefaturas A grado 10° E.U.S.

Dos cargos de Jefaturas C grado 16° E.U.S. se fusionan en el Escalafón de Oficiales Administrativos grado 14° E.U.S.

Artículo 3°

El encasillamiento del personal se hará en forma discrecional por el Ministro de Defensa Nacional, sin sujeción al escalafón vigente del Servicio ni a los requisitos exigidos por el DFL. de Hacienda N° 90, de 1977 y sus modificaciones posteriores.

Artículo 4°

Cárguese el mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto con fuerza de ley al Subtítulo 08-22-01-21 y el Subtítulo 08-22-02-21.

Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Enrique Seguel Morel, Coronel, Ministro de Hacienda subrogante.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Coronel, Subsecretario de Hacienda.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.