DFL · Nº 15

Qué dice la DFL 15

CREA CARGO PARALELO EN OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA

Publicada
20 de abril de 1991
Versiones
1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DEL INTERIOR

Preguntas frecuentes

¿Qué es la DFL 15?

DFL 15 — «CREA CARGO PARALELO EN OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA». Fue publicada el 20 de abril de 1991 por MINISTERIO DEL INTERIOR.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 15?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 20 de abril de 1991: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La DFL 15 sigue vigente?

Sí. La DFL 15 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 20 de abril de 1991.

Articulado

Texto vigente al 20 de abril de 1991.

__preamble__

CREA CARGO PARALELO EN OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA

Santiago, 27 de Febrero de 1991.- Hoy se decretó lo que sigue:

D.F.L. Núm. 15-18.972.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 2° transitorio, agregado a la Ley N° 18.575; el artículo 2° transitorio, inciso segundo de la Ley N° 18.972; el DFL N° 4-18.834, que adecuó la Planta de Personal de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior, y considerando, que se ha aceptado la renuncia no voluntaria de don Plutarco Villalobos Chaparro, Jefe de Departamento, grado 7° E.U.S., del citado Servicio, quien ha optado por permanecer en un cargo paralelo de igual grado y remuneración,

dicto lo siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1°

Créase, en la Planta de Directivos de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior, un (1) cargo paralelo grado 7° E.U.S., a contar del 15 de diciembre de 1990.

Artículo 2°

El cargo creado será ocupado por don Plutarco Villalobos Chaparro, RUT. N° 2.559.177-1, quien hizo uso de la opción de permanecer en igual cargo y remuneración.

Artículo 3°

Déjase constancia que el cargo creado en el artículo 1°, constituirá dotación adicional y se extinguirá de pleno derecho al momento del cese de funciones por cualquier causa del Sr. Villalobos Chaparro.

Artículo 4°

Impútese, el gasto correspondiente, al Presupuesto de la Oficina Nacional de Emergencia, pudiendo efectuarse las reasignaciones presupuestarias respectivas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 18.972.

Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.