DFL · Nº 17
Qué dice la DFL 17
SUSTITUYE ESCALAFONES QUE INDICA EN LA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA
- Publicada
- 24 de mayo de 1982
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE HACIENDA
Preguntas frecuentes
¿Qué es la DFL 17?
DFL 17 — «SUSTITUYE ESCALAFONES QUE INDICA EN LA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA». Fue publicada el 24 de mayo de 1982 por MINISTERIO DE HACIENDA.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 17?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 24 de mayo de 1982: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La DFL 17 sigue vigente?
Sí. La DFL 17 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 24 de mayo de 1982.
Articulado
Texto vigente al 24 de mayo de 1982.
__preamble__
SUSTITUYE ESCALAFONES QUE INDICA EN LA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA
D.F.L. N° 17.- Santiago, 5 de Abril de 1982.- Visto: Lo establecido en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado, la facultad que me otorga el inciso segundo del artículo 34° del decreto ley N° 3.551, de 1981, modificado por los decretos leyes N°s. 3.628 y N° 3.650, ambos de 1981, y
Teniendo presente: Las modificaciones introducidas por el DFL. N° 11/3.551, de 1981, al DFL. N° 90, de Hacienda, de 1977, y lo dispuesto en el decreto supremo de Hacienda N° 90, de 3 de Febrero de 1981, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°
Sustitúyense, a contar del 1° de Julio de 1982, los escalafones de Secretarios y Oficiales Administrativos de la Planta del Servicio Nacional de Pesca por los siguientes:
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Secretarios (2)
Grado 14° E.U.S. Nivel I (1)
Grado 15° E.U.S. Nivel II (1)
Oficiales Administrativos (16)
Grado 14° E.U.S. Nivel I (1)
Grado 16° E.U.S. Nivel II (2)
Grado 18° E.U.S. Nivel II (2)
Grado 19° E.U.S. Nivel II (3)
Grado 21° E.U.S. Nivel III (3)
Grado 23° E.U.S. Nivel III (2)
Grado 25° E.U.S. Nivel IV (2)
Grado 28° E.U.S. Nivel IV (1)
Artículo 2°
Sustitúyense, a contar del 1° de Julio de 1982, en la planta de Servicios Menores del Servicio Nacional de Pesca los grados de los cargos de Mayordomos, Choferes y Auxiliares por los siguientes:
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Nivel Designación N° Cargos Grado
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I Mayordomo 1 19°
I Chofer 1 20°
I Chofer 1 21°
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2
I Auxiliar 1 22°
II Auxiliar 1 23°
II Auxiliares 2 25°
II Auxiliar 1 27°
III Auxiliar 1 30°
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6
Artículo 3°
El encasillamiento del personal se hará en forma discrecional por el Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, sin sujeción, al escalafón vigente del Servicio ni a los requisitos exigidos por el DFL. de Hacienda N° 90, de 1977 y sus modificaciones posteriores.
Artículo 4°
Cárguese el mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto con fuerza de ley al Subtítulo 07-04-00-21.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Enrique Seguel Morel, Coronel, Ministro de Hacienda, subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Coronel, Subsecretario de Hacienda.