DFL · Nº 63

Qué dice la DFL 63

ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE COLBUN

Publicada
2 de agosto de 1994
Versiones
1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DEL INTERIOR

Preguntas frecuentes

¿Qué es la DFL 63?

DFL 63 — «ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE COLBUN». Fue publicada el 2 de agosto de 1994 por MINISTERIO DEL INTERIOR.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 63?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 2 de agosto de 1994: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La DFL 63 sigue vigente?

Sí. La DFL 63 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 2 de agosto de 1994.

Articulado

Texto vigente al 2 de agosto de 1994.

__preamble__

ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE COLBUN

Santiago, 15 de Junio de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 63-19.280.- Visto: Las facultades otorgadas por el artículo 2° de la Ley N° 19.280, dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1°

Adécuanse la planta y escalafones del personal de la Municipalidad de Colbún a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 18.883, en la forma que se señala:

_______________________________________________________

| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.930 DEL DIA MARTES |

| 02 DE AGOSTO DE 1994, PAGINA 4 |

|_____________________________________________________|

Artículo 2°

De conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.280 modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Colbún en el siguiente sentido:

A.- Créanse los cargos que se señalan:

Planta Cargo Grado N° Cargos

Directivos Director de Obras 8° 1

Municipales

Profesionales Profesional 8° 1

Técnicos Ténicos 14° 2

Ténico 15° 1

Ténico 16° 1

Administrativos Administrativo 14° 1

Administrativos 16° 2

___

TOTAL CARGOS 9

B.- Suprímense los cargos que se indican:

Planta Cargo Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Auxiliares Auxiliares 17° 2

Auxiliar 18° 1

___

TOTAL CARGOS 3

C.- Modifícanse los grados de los cargos que se

indican:

Grado Grado N°

Planta Cargo Actual Modificado Cargos

_______________________________________________________

Alcaldes Alcalde 7° 6° 1

Directivos Secretario 9° 8° 1

Municipal

Profesionales Profesional 10° 9° 1

Profesional 11° 10° 1

Profesional 12° 10° 1

Técnicos Técnico 14° 13° 1

Administrativos Administrativo 15° 14° 1

Administrativos 16° 15° 3

Administrativos 17° 15° 2

Administrativo 17° 16° 1

Auxiliares Auxiliar 17° 16° 1

Auxiliar 18° 16° 1

Auxiliar 18° 17° 1

Auxiliares 19° 18° 3

Artículo 3°

Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Colbún:

Planta Cargo Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Alcaldes Alcalde 6° 1

Directivos Juez de Policía Local 7º 1

Secretario Municipal 8° 1

Director de Obras 8° 1

Municipales

Directivo 9° 1

Directivo 10° 1

Profesionales Profesional 8° 1

Profesional 9° 1

Profesionales 10° 2

Técnicos Técnico 11° 1

Técnico 13° 1

Técnicos 14° 3

Técnico 15° 1

Técnico 16° 1

Administrativos Administrativos 14° 2

Administrativos 15° 5

Administrativos 16° 3

Administrativo 17° 1

Auxiliares Auxiliares 16° 2

Auxiliar 17° 1

Auxiliares 18° 3

____

TOTAL CARGOS 34

Artículo 4°

Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se

mencionan:

Planta Cargo Grado Requisitos

_______________________________________________________

Directivos Secretario 8° Experiencia

Municipal profesional de a

lo menos tres

años.

Administrativos Administrativo 14° Un cargo grado

14° requerirá

experiencia de

a lo menos un

año y curso de

Computación.

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- GERMAN CORREA DIAZ, Vicepresidente de la República.- Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior (S).- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.