DFL · Nº 115

Qué dice la DFL 115

ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA

Publicada
3 de septiembre de 1994
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1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DEL INTERIOR

Preguntas frecuentes

¿Qué es la DFL 115?

DFL 115 — «ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA». Fue publicada el 3 de septiembre de 1994 por MINISTERIO DEL INTERIOR.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 115?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 3 de septiembre de 1994: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La DFL 115 sigue vigente?

Sí. La DFL 115 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 3 de septiembre de 1994.

Articulado

Texto vigente al 3 de septiembre de 1994.

__preamble__

ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA

Santiago, 8 de Agosto de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue:

D.F.L. Núm. 115.19.321.- Visto: Las facultades otorgadas por la ley N° 19.321, dicto el siguiente:

Decreto con Fuerza de Ley:

Artículo 1°

Adécuanse la planta y escalafones del personal de la Municipalidad de Ñuñoa a lo dispuesto en el artículo 7° de la ley N° 18.883, en la forma que se señala:

_______________________________________________________

| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.957 DEL DIA SABADO |

| 03 DE SEPTIEMBRE DE 1994, PAGINAS 3 a 4. |

|_____________________________________________________|

Artículo 2°

De conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la ley N° 19.280 modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Ñuñoa en el siguiente sentido:

A.- Créanse los cargos que se señalan:

Escalafón/Especialidad N°

Planta Cargos Grado Cargos

_______________________________________________________

Directivos Pro-Secretario 5° 1

Municipal

Sub-Director de 5° 1

Asesoría Jurídica

Jefe Departamento 5° 1

de Planificación y

Coordinación

Sub-Director 5° 1

de Desarrollo

Comunitario

Jefe Departamento de 5° 1

Personal

Sub-Director de Obras 5° 1

Municipales

Directivo 7° 1

Profesionales Secretario Abogado 1° 5° 1

Juzgado de Policía Local

Secretario Abogado 2° 5° 1

Juzgado de Policía Local

Profesionales 6° 3

Profesionales 7° 7

Profesionales 8° 9

Profesionales 9° 7

Profesionales 10° 2

Profesional 11° 1

Jefaturas Jefe de Departamento 8° 1

de Alumbrado Público

Jefaturas 8° 4

Jefaturas 9° 3

Jefe Gabinete Concejo 10° 1

Municipal

Jefaturas 10° 3

Jefe Departamento 11° 1

Organizaciones Comunitarias

Jefe Departamento 11° 1

Adulto Mayor

Jefe Departamento de 11° 1

la Juventud

Jefe Departamento de 11° 1

la Mujer y el Menor

Jefaturas 11° 3

Técnicos Técnico 10° 1

Técnicos 11° 4

Técnicos 12° 6

Técnicos 13° 5

Técnicos 14° 5

Técnicos 15° 3

Inspectores

Inspectores 10° 5

Inspectores 11° 5

Inspectores 12° 5

Administrativos Administrativos 14° 2

Administrativo 15° 1

Administrativos 16° 13

Administrativos 17° 2

Auxiliares Auxiliar 16° 1

Auxiliares 17° 3

_____

TOTAL CARGOS 118

B.- Suprímanse los cargos que se indican:

Planta Cargo Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Profesionales Profesional 12° 1

Jefaturas Jefatura 12° 1

Técnicos Técnicos 16° 2

Administrativos Administrativo 14° 1

Administrativos 18° 4

Auxiliares Auxiliares 18° 5

Auxiliares 19° 15

____

TOTAL CARGOS 29

C.- Modifícanse los grados de los cargos que se

indican:

Escalafón/Especialidad N°

Planta Cargos Actual Modificado Cargos

_______________________________________________________

Directivos Asesor Jurídico 5° 3° 1

Director de Aseo 5° 4° 1

y Ornato

Directivo 6° 5° 1

Secretario 7° 3° 1

Comunal de

Planificación y

Coordinación

Director de 7° 3° 1

Desarrollo

Comunitario

Director de 7° 4° 1

Control Municipal

Profesionales Profesionales 6° 5° 2

Profesionales 7° 6° 2

Profesionales 8° 7° 2

Profesionales 9° 8° 2

Profesionales 10° 9° 2

Jefaturas Jefatura 11° 9° 1

Técnicos Técnico 11° 10° 1

Técnico 12° 10° 1

Técnicos 12° 11° 3

Técnicos 13° 12° 4

Técnico 14° 12° 1

Técnicos 14° 13° 4

Técnico 15° 13° 1

Técnicos 15° 14° 2

Administrativos Administrativos 13° 12° 13

Administrativos 14° 12° 7

Administrativos 14° 13° 7

Administrativos 15° 13° 12

Administrativos 15° 14° 5

Administrativos 16° 14° 10

Administrativos 16° 15° 7

Administrativos 17° 15° 9

Administrativo 18° 15° 1

Administrativo 18° 16° 1

Auxiliares Auxiliar 15° 14° 1

Auxiliares 16° 14° 24

Auxiliares 16° 15° 2

Auxiliares 17° 15° 22

Auxiliares 17° 16° 8

Auxiliares 18° 16° 8

Auxiliares 18° 17° 11

Auxiliares 19° 18° 2

Choferes

Choferes 16° 14° 14

Choferes 17° 15° 7

Chofer 17° 16° 1

Choferes 18° 16° 5

Choferes 18° 17° 3

Artículo 3°

Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Ñuñoa:

Escalafón/Especialidad

Planta Cargos Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Alcaldes Alcalde 2° 1

Directivos Juez 1er. Juzgado de 3° 1

Policía Local

Juez 2do. Juzgado de 3° 1

Policía Local

Administrador Municipal 3° 1

Director de Obras 3° 1

Municipales

Director de Tránsito y 3° 1

Transporte Público

Asesor Jurídico 3° 1

Secretario Comunal de 3° 1

Planificación y

Coordinación

Director de Desarrollo 3° 1

Comunitario

Secretario Municipal 4° 1

Director de 4° 1

Administración y Finanzas

Jefe Departamento 4° 1

de Inspección

Director de Aseo y 4° 1

Ornato

Director de Control 4° 1

Municipal

Directivo 5° 1

Pro-Secretario Municipal 5° 1

Sub-Director de Asesoría 5° 1

Jurídica

Jefe Departamento de 5° 1

Planificación y

Coordinación

Sub-Director de 5° 1

Desarrollo Comunitario

Jefe Departamento de 5° 1

Personal

Sub-Director de Obras 5° 1

Municipales

Directivo 6° 1

Directivo 7° 1

Profesionales Asesor Urbanista 5° 1

Secretario Abogado 1er. 5° 1

Juzgado de Policía Local

Secretario Abogado 2do. 5° 1

Juzgado de Policía Local

Profesionales 5° 3

Profesionales 6° 6

Profesionales 7° 13

Profesionales 8° 15

Profesionales 9° 14

Profesionales 10° 7

Profesionales 11° 6

Profesionales Ley N°15.076 44 hrs./sem.

Jefaturas Jefe Departamento de 8° 1

Alumbrado Público

Jefaturas 8° 4

Jefaturas 9° 8

Jefe Gabinete Concejo 10° 1

Municipal

Jefaturas 10° 7

Jefe Departamento 11° 1

Organizaciones Comunitarias

Jefe Departamento 11° 1

Adulto Mayor

Jefe Departamento de 11° 1

la Juventud

Jefe Departamento de 11° 1

la Mujer y el Menor

Jefaturas 11° 7

Técnico Técnicos 10° 8

Técnicos 11° 12

Técnicos 12° 12

Técnicos 13° 11

Técnicos 14° 7

Técnicos 15° 4

Inspectores

Inspectores 10° 5

Inspectores 11° 5

Inspectores 12° 5

Administrativos Administrativos 12° 33

Administrativos 13° 19

Administrativos 14° 17

Administrativos 15° 18

Administrativos 16° 15

Administrativos 17° 4

Administrativos 18° 4

Auxiliares Auxiliares 14° 26

Auxiliares 15° 24

Auxiliares 16° 21

Auxiliares 17° 19

Auxiliares 18° 6

Choferes

Choferes 14° 15

Choferes 15° 7

Choferes 16° 6

Choferes 17° 4

_____

TOTAL CARGOS 429

más Profesionales

Ley N° 15.076, 44 hrs./sem.

Artículo 4°

Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:

Planta Cargo Grado Requisitos

_______________________________________________________

Directivos Director de 4° - Requerirá

Aseo y Ornato alternativamente

Título de

Ingeniero

Agrónomo,

Arquitecto,

Construcctor

Civil o Ingeniero

Civil.

Pro-Secretario 5° a) Requerirá Título

Municipal de Administrador

Público, y

b) Experiencia

Profesional de a

lo menos 1 año

en el Sector

Municipal.

Sub-Director de 5° a) Requerirá

Obras Municipales alternativamente

Título de

Arquitecto,

Ingeniero Civil

o Constructor

Civil, y

b) Experiencia

Profesional de a

lo menos 1 año

en labores de la

Dirección de

Obras

Municipales.

Sub-Director de 5° a) Requerirá

Desarrollo alternativamente

Comunitario Título de

Asistente

Social,

Sociólogo o

Profesional del

área de Ciencias

Sociales, y

b) Experiencia

Profesional de a

lo menos 1 año

en labores de la

Dirección de

Desarrollo

Comunitario.

Sub-Director 5° - Requerirá Título

Asesoría Jurídica de Abogado

Jefe 5° - Requerirá

Departamento alternativamente

de Personal Título de

Ingeniero

Comercial,

Ingeniero Civil

Industrial o

Profesional

Universitario del

área de las

Ciencias

Sociales.

Profesionales Profesional 7° - Un cargo grado

7°, requerirá

Titulo de

Ingeniero Civil

Profesionales 7° - Tres cargos grado

7°, requerirán

Titulo de

Arquitecto.

Profesional 7° - Un cargo grado

7°, requerirá

Titulo de

Diseñador

Paisajista.

Profesionales 8° - Dos cargos grado

8°, requerirán

Titulo de

Constructor

Civil.

Profesional 9° - Un cargo grado

9°, requerirá

Titulo de

Relacionador

Público.

Profesional 9° - Un cargo grado

9°, requerirá

Titulo de

Ingeniero de

Ejecución en

Tránsito.

Profesional 10° - Un cargo grado

10°, requerirá

Titulo de

Profesor de

Educación Física.

Profesional 10° - Un cargo grado

10°, requerirá

Titulo de

Bibliotecaria.

Jefaturas Jefe 8° a) Requerirá

Departamento alternativamente

Alumbrado Público Título de

Ingeniero de

Ejecución en

Electricidad o

Ingeniero Civil

Electricista, y

b) Experiencia de a

lo menos 1 año

en el Sector

Municipal.

Técnicos Técnico 10° - Un cargo grado

10°, requerirá

Título Técnico de

Programación en

Computación.

Técnicos 10° - Cinco cargos

grado 10°,

requerirán Curso

de Capacitación

en Inspección

Municipal.

Técnicos 11° - Cinco cargos

grado 11°,

requerirán Curso

de Capacitación

en Inspección

Municipal.

Técnicos 11° - Dos cargos grado

11°, requerirán

Título de Técnico

en Construcción.

Técnico 11° - Dos cargos grado

11°, requerirán

Título Técnico de

Orientador

Familiar o Título

Técnico

genéricamente

similar del área

de las Ciencias

Sociales.

Técnicos 12° - Cinco cargos

grado 12°,

requerirán curso

de Inspección

Municipal.

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Germán Correa Díaz, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.

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