DFL · Nº 135
Qué dice la DFL 135
ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VALLENAR
- Publicada
- 14 de septiembre de 1994
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DEL INTERIOR
Preguntas frecuentes
¿Qué es la DFL 135?
DFL 135 — «ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VALLENAR». Fue publicada el 14 de septiembre de 1994 por MINISTERIO DEL INTERIOR.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 135?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 14 de septiembre de 1994: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La DFL 135 sigue vigente?
Sí. La DFL 135 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 14 de septiembre de 1994.
Articulado
Texto vigente al 14 de septiembre de 1994.
__preamble__
ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VALLENAR
Santiago, 8 de Agosto de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue:
D.F.L. Núm. 135-19.321.- Visto: Las facultades otorgadas por el artículo 2° de la Ley N° 19.280, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°
Adécuanse la planta y escalafones del personal de la Municipalidad de Vallenar a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 18.883, en la forma que se señala:
_____________________________________________________
| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.966 DE 14 DE |
| SEPTIEMBRE DE 1994, PAGINAS 4 Y 5. |
|_____________________________________________________|
Artículo 2°
De conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.280, modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Vallenar en el siguiente sentido:
A.- Créanse los cargos que se señalan:
N°
Planta Cargo Grado Cargos
_______________________________________________________
Directivos Asesor Jurídico 6° 1
Secretario Comunal de 8° 1
Planificación y
Coordinación
Directivo 8° 1
Profesionales Profesional 8° 1
Profesionales 9° 7
Profesionales 10° 5
Profesionales Ley 11 hrs./s.
N° 15.076
Jefaturas Jefaturas 10° 3
Jefatura 11° 1
Jefaturas 12° 3
Técnicos Técnico 11° 1
Técnicos 12° 5
Técnicos 13° 2
Técnicos 14° 2
Técnico 15° 1
Técnico 17° 1
Administrativos Administrativo 14° 1
Administrativos 15° 4
Administrativos 16° 3
Administrativos 17° 5
Administrativo 18° 1
____
TOTAL CARGOS 49
más 11 hrs./s. Profesionales
Ley N° 15.076
B.- Suprímese el cargo que se indica:
N°
Planta Cargo Grado Cargos
_______________________________________________________
Administrativos Administrativo 18° 1
___
TOTAL CARGOS 1
C.- Modifícanse los grados de los cargos que se
indican:
Grado Grado N°
Planta Cargo Actual Modificado Cargos
_______________________________________________________
Técnicos Técnicos 13° 12° 2
Técnicos 14° 13° 3
Técnicos 15° 14° 2
Administrativos Administrativos 13° 12° 2
Administrativos 14° 13° 6
Administrativo 15° 13° 1
Administrativos 15° 14° 8
Administrativo 18° 17° 1
Auxiliares Auxiliares 16° 14° 2
Auxiliares 16° 15° 10
Auxiliar 19° 18° 1
Artículo 3°
Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Vallenar:
N°
Planta Cargo Grado Cargos
_______________________________________________________
Alcaldes Alcalde 4° 1
Directivos Juez de Policía Local 5° 1
Directivo 6° 1
Asesor Jurídico 6° 1
Directivo 7° 1
Secretario Municipal 8° 1
Director de Desarrollo 8° 1
Comunitario
Administrador Municipal 8° 1
Secretario Comunal de 8° 1
Planificación y
Coordinación
Directivos 8° 3
Profesionales Profesionales 8° 2
Profesionales 9° 8
Profesionales 10° 6
Profesionales Ley 33 hrs./sem.
N° 15.076
Jefaturas Jefaturas 10° 5
Jefatura 11° 1
Jefaturas 12° 3
Técnicos Técnico 12° 1
Técnicos 12 7
Técnicos 13° 5
Técnicos 14° 4
Técnico 15° 1
Técnico 16° 1
Técnico 17° 1
Administrativos Administrativos 12° 6
Administrativos 13° 7
Administrativos 14° 9
Administrativos 15° 4
Administrativos 16° 3
Administrativos 17° 6
Administrativos 18° 2
Auxiliares Auxiliares 14° 3
Auxiliares 15° 10
Auxiliar 16° 1
Auxiliar 17° 1
Auxiliares 18° 2
_____
TOTAL CARGOS 111
Más 33 hrs./sem. Profesionales
Ley N° 15.076
Artículo 4°
Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:
Planta Cargo Grado Requisitos
_______________________________________________________
Profesionales Profesionales 8° Un cargo grado 8°
requerirá título de
Arquitecto.
Profesionales 9° -Cuatro cargos grado
9° requerirán título
de Constructor
Civil.
-Un cargo grado 9°
requerirá título de
Ingeniero con
mención en Tránsito.
-Un cargo grado 9°
requerirá título de
Asistente Social.
Profesionales 10° Un cargo grado 10°
requerirá título de
Contador Auditor.
Jefaturas Jefaturas 10° -Un cargo grado 10°
requerirá
experiencia laboral
de a lo menos dos
años.
-Un cargo grado 10°
requerirá título de
Técnico en
Administración de
Empresas;
experiencia
laboral de a lo
menos dos años y
curso de
computación.
Jefatura 11° Título de Técnico
en Obras Civiles
y experiencia
laboral de a lo
menos dos años.
Técnicos Técnico 11° Título de Técnico
en Administración
de Empresas o de
Contador.
Técnicos 12° - Un cargo grado 12°
requerirá título de
Técnico en
Relaciones Públicas.
- Un cargo grado 12°
requerirá título de
Técnico en
Auxiliar Social.
- Un cargo grado 12°
requerirá título de
Técnico en
Administración de
Empresas.
- Dos cargos grado
12° requerirán
título de Contador;
experiencia laboral
de a lo menos un año
y curso de
computación.
Técnicos 13° - Un cargo grado 13°
requerirá título de
Asistente Judicial.
- Un cargo grado 13°
requerirá título de
Contador.
Técnico 17° Título de Contador.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Germán Correa Díaz, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.
Cursa con alcance Decreto con Fuerza de Ley N° 135-19.321, de 1994, del Ministerio del Interior Núm. 30.754.- Santiago, 2 de Septiembre de 1994.
Esta Contraloría General ha tomado razón del documento individualizado en el epígrafe, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Vallenar, en el entendido que el cargo de Director de Desarrollo Comunitario, grado 8°, mencionado en el artículo 3° del decreto con fuerza de ley en estudio, corresponde a aquel creado por el artículo 2° de dicho documento, como directivo, grado 8°.
Saluda atentamente a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.
Al señor Ministro del Interior Presente