DFL · Nº 138
Qué dice la DFL 138
FIJA PLANTA Y REQUISITOS GENERALES Y ESPECIFICOS DE INGRESO Y PROMOCION DEL PERSONAL DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
- Publicada
- 3 de octubre de 1991
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Preguntas frecuentes
¿Qué es la DFL 138?
DFL 138 — «FIJA PLANTA Y REQUISITOS GENERALES Y ESPECIFICOS DE INGRESO Y PROMOCION DEL PERSONAL DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS». Fue publicada el 3 de octubre de 1991 por MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 138?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 3 de octubre de 1991: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La DFL 138 sigue vigente?
Sí. La DFL 138 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 3 de octubre de 1991.
Articulado
Texto vigente al 3 de octubre de 1991.
__preamble__
FIJA PLANTA Y REQUISITOS GENERALES Y ESPECIFICOS DE INGRESO Y PROMOCION DEL PERSONAL DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Núm. 138.- Santiago, 28 de Junio de 1991.- Visto: Las facultades que me confiere el Art. 8° de la Ley N° 19.020,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley
> **Nota.** El Artículo Único del Decreto con Fuerza de Ley 275, Obras Públicas, publicado el 06.02.2010, modifica los requisitos específicos para el ingreso y promoción en la planta del personal y cargos de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas establecidos en el presente decreto con fuerza de ley, por los que en la señalada norma se incluyen.
Artículo 1°
Fíjase la siguiente Planta del Personal de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas:
Planta/Cargo Grado N° de Cargos
CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA
FISCALIA NACIONAL 1C 1
Directivos
Jefes de Departamentos 3° 2
Jefes de Departamentos 4° 2
_____
Total 5
Cargos de Carrera
Jefe Subdepartamento 5° 1
Jefe de Sección 11° 1
_____
Total 2
Profesionales
Profesionales 4° 1
Profesionales 5° 1
Profesionales 6° 7
Profesionales 7° 6
Profesionales 8° 2
Profesionales 9° 3
Profesionales 10° 1
_____
Total 21
Administrativos
Administrativos 12° 2
Administrativos 13° 1
Administrativos 14° 5
Administrativos 15° 2
Administrativos 16° 2
Administrativos 17° 2
Administrativos 19° 4
Administrativos 20° 3
_____
Total 21
Auxiliares
Auxiliares 18° 2
Auxiliares 19° 1
Auxiliares 20° 1
Auxiliares 21° 1
_____
Total 5
TOTAL GENERAL 54
Artículo 2°
Establécense los siguientes requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción en las Plantas y cargos que se indican:
Cargos de Exclusiva Confianza: Título profesional otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste.
Cargos de Carrera:
Directivos:
Grado 5° : a) Título profesional universitario, con
experiencia de a lo menos 3 años en la
Administración Pública, o
b) Haber desempeñado cargo Directivo de
grado similar por 5 años a lo menos.
El requisito establecido en la letra b),
se eliminará, una vez perfeccionado el
encasillamiento a que dará origen la
presente Planta.
Grado 11° : a) Educación media completa o equivalente y
curso de Gestión Directiva de 300 horas
a lo menos.
Experiencia de a lo menos 5 años como
administrativo o técnico en el
Servicio, o
b) Haber desempeñado un cargo Directivo de
grado similar, a lo menos 1 año.
El requisito establecido en la letra b),
se eliminará, una vez perfeccionado el
encasillamiento a que dará origen la
presente Planta.
Profesionales
Grados 4°, 5°, 6° y 7°: Título de abogado
Grados 8° al 10° : Título de abogado o bibliotecario
universitario de a lo menos 10
semestres, otorgado por un
establecimiento de educación
superior del Estado o reconocido
por éste.
Administrativos
Grados 12° al 20°: Educación media completa o
equivalente.
Auxiliares
Grados 18° y 19°: Educación básica completa o
equivalente y realizar funciones
de mayordomo o licencia de
conducir cuando corresponda.
Grados 20° al 21°:Educación básica completa o
equivalente y licencia de
conducir cuando corresponda.
Artículo 3°
Establécese dotación máxima legal del Servicio año 1991, según facultad regulada por el artículo 8°, inciso segundo, tercero y sexto de la Ley N° 19.020, que se indica:
Dotación legal 1991, Ley 19.012: 47
Cupos de dotación para encasillar
o contratar en otros Servicios
(Art. 5° inc. 2°, Ley 19.020) - 1
Cupos recepcionados para
encasillar o contratar, provenientes
de otros servicios (Art. 8° inc.
2°, Ley 19.020) + 6
Total dotación del Servicio dentro
de dotación M.O.P. 1991 (Art. 8°
inc. 6°, Ley 19.020) ____
52
Cargos para encasillar provenientes
Planta Adscrita del Art. 8° de la
Ley N° 18.902, según inciso 3°
Artículo 8°
de la Ley N° 19.020 + 3
____
TOTAL 55
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Juan Enrique Miquel Muñoz, Ministro de Obras Públicas Subrogante.- Pablo Piñera Echenique, Ministro de Hacienda Subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Juan Enrique Miquel Muñoz, Subsecretario de Obras Públicas.