DFL · Nº 211

Qué dice la DFL 211

ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE;LA MUNICIPALIDAD DE QUILICURA

Publicada
3 de octubre de 1994
Versiones
1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DEL INTERIOR

Preguntas frecuentes

¿Qué es la DFL 211?

DFL 211 — «ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE;LA MUNICIPALIDAD DE QUILICURA». Fue publicada el 3 de octubre de 1994 por MINISTERIO DEL INTERIOR.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 211?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 3 de octubre de 1994: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La DFL 211 sigue vigente?

Sí. La DFL 211 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 3 de octubre de 1994.

Articulado

Texto vigente al 3 de octubre de 1994.

__preamble__

ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE QUILICURA

Santiago, 8 de Agosto de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue:

D.F.L. Núm. 211-19.321.- Visto: Las facultades otorgadas por la Ley N° 19.321, dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1°

Adécuanse la planta y escalafones del personal de la Municipalidad de Quilicura a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 18.883, en la forma que se señala:

_____________________________________________________

| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.981 DEL DIA LUNES |

| 03 DE OCTUBRE DE 1994, PAGINA 4 |

|_____________________________________________________|

Artículo 2°

De conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.280 modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Quilicura en el siguiente sentido:

A.- Créanse los cargos que se señalan:

Planta Cargo Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Directivos Secretario Comunal de 6° 1

Planificación y

Coordinación

Director de Desarrollo 6° 1

Comunitario

Asesor Jurídico 6° 1

Directivo 7° 1

Director de Control 7° 1

Municipal

Profesionales Profesionales 7° 5

Profesionales 8° 4

Profesionales 9° 6

Profesional 10° 1

Profesional 11° 1

Profesionales Ley N°15.076 11 Hrs./sem.

Jefaturas Jefaturas 9° 2

Jefatura 10° 1

Jefatura 11° 1

Técnicos Técnicos 10° 2

Técnicos 12° 2

Técnico 13° 1

Técnicos 14° 2

Técnicos 15° 2

Técnicos 16° 2

Administrativos Administrativo 14° 1

Administrativos 17° 4

Auxiliares Auxiliar 18° 1

Auxiliares 19° 2

____

TOTAL CARGOS 45

B.- Suprímanse los cargos que se indican:

Planta Cargo Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Jefatura Jefatura 12° 1

___

TOTAL CARGOS 1

C.- Modifícanse los grados de los cargos que se

indican:

Grado Grado N°

Planta Cargo Actual Modificado Cargos

_______________________________________________________

Alcalde Alcalde 5° 4° 1

Directivos Secretario 7° 6° 1

Municipal

Director de 7° 6° 1

Obras Municipales

Director de 8° 7° 1

Tránsito y

Transporte

Público

Profesionales Profesional 12° 11° 1

Jefaturas Jefaturas 12° 11° 2

Técnicos Técnico 12° 11° 1

Técnico 14° 13° 1

Técnicos 15° 14° 3

Administrativos Administrativos 14° 13° 2

Administrativo 15° 14° 1

Administrativos 16° 15° 3

Administrativos 17° 16° 3

Administrativos 18° 17° 4

Auxiliares Auxiliares 16° 15° 3

Auxiliares 17° 16° 6

Auxiliares 18° 17° 2

Auxiliar 19° 17° 1

Auxiliares 19° 18° 6

Auxiliares 20° 18° 11

Auxiliares 20° 19° 10

Artículo 3°

Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Quilicura:

Planta Cargo Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Alcaldes Alcalde 4° 1

Directivos Juez de Policía Local 6° 1

Administrador Municipal 6° 1

Secretario Municipal 6° 1

Director de Obras 6° 1

Municipales

Secretario Comunal de 6° 1

Planificación y

Coordinación

Director de Desarrollo 6° 1

Comunitario

Asesor Jurídico 6° 1

Directivo 7° 1

Director de 7° 1

Administración

y Finanzas

Director de Tránsito y 7° 1

Transporte Públicos

Director de Control 7° 1

Municipal

Director de Aseo y 8° 1

Ornato

Directivos 8° 2

Profesionales Profesionales 7° 5

Profesionales 8° 4

Profesionales 9° 6

Profesional 10° 1

Profesionales 11° 2

Profesionales Ley N° 15.076 33 hrs.

semanales

Jefaturas Jefaturas 9° 3

Jefatura 10° 1

Jefaturas 11° 4

Técnicos Técnicos 10° 2

Técnico 11° 1

Técnicos 12° 2

Técnicos 13° 2

Técnicos 14° 5

Técnicos 15° 2

Técnicos 16° 2

Administrativos Administrativo 12° 1

Administrativos 13° 2

Administrativos 14° 2

Administrativos 15° 3

Administrativos 16° 3

Administrativos 17° 8

Auxiliares Auxiliares 15° 3

Auxiliares 16° 6

Auxiliares 17° 3

Auxiliares 18° 18

Auxiliares 19° 12

_____

TOTAL CARGOS 118

más 33 hrs. semanales,

Profesionales Ley N° 15.076.

Artículo 4°

Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:

Planta Cargo Grado Requisitos

_______________________________________________________

Directivos Director de 7° - Requerirá

Administración alternativamente

y Finanzas título de

Ingeniero Civil,

Ingeniero

Comercial,

Administrador

Público o

Contador Auditor.

Director de 7° - Requerirá curso

Control de Capacitación

Municipal en Administración

Municipal.

Profesionales Profesionales 7° - Dos cargos grado

7° requerirán

alternativamente

título de

Arquitecto,

Ingeniero Civil,

Constructor

Civil, Ingeniero

en Ejecución,

Geógrafo o

Topógrafo.

7° - Tres cargos grado

7° requerirán

alternativamente

título de

Abogado,

Ingeniero

Comercial,

Administrador

Público, Abogado,

Contador Público,

Contador Auditor,

Asistente Social,

Profesor de

Estado, Médico

Veterinario,

Psicólogo o

Sociólogo.

Profesionales 8° - Dos cargos grado

8° requerirán

alternativamente

título de

Arquitecto,

Ingeniero Civil,

Constructor

Civil, Ingeniero

en Ejecución,

Geógrafo o

Topógrafo.

8° - Dos cargos grado

8° requerirán

alternativamente

título de

Abogado,

Ingeniero

Comercial,

Administrador

Público, Contador

Auditor,

Asistente Social,

Profesor de

Estado, Médico

Veterinario,

Psicólogo o

Sociólogo.

Profesionales 9° - Cuatro cargos

grado 9°

requerirán

alternativamente

título de

Arquitecto,

Ingeniero Civil,

Constructor

Civil, Ingeniero

en Ejecución,

Geógrafo o

Topógrafo.

Profesionales 9° - Dos cargos grado

9° requerirán

alternativamente

título de

Abogado,

Ingeniero

Comercial,

Administrador

Público, Abogado,

Contador Público,

Contador Auditor,

Asistente Social,

Profesor de

Estado, Médico

Veterinario,

Psicólogo o

Sociólogo.

Profesional 10° a) Requerirá

alternativamente

título de

Arquitecto,

Ingeniero Civil,

Constructor

Civil, Ingeniero

en Ejecución,

Geógrafo o

Topógrafo, y

b) Curso de

Administración

Municipal.

Profesional 11° a) Un cargo grado

11° requerirá

alternativamente

título de

Arquitecto,

Ingeniero Civil,

Constructor

Civil, Ingeniero

en Ejecución,

Geógrafo o

Topógrafo.

Técnicos Técnicos 12° - Requerirá Título

de Dibujante

Técnico.

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Germán Correa Díaz, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.