DFL · Nº 243

Qué dice la DFL 243

ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LEBU

Publicada
20 de septiembre de 1994
Versiones
1
Artículos
6
Estado
Vigente

MINISTERIO DEL INTERIOR

Preguntas frecuentes

¿Qué es la DFL 243?

DFL 243 — «ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LEBU». Fue publicada el 20 de septiembre de 1994 por MINISTERIO DEL INTERIOR.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 243?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 20 de septiembre de 1994: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La DFL 243 sigue vigente?

Sí. La DFL 243 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 20 de septiembre de 1994.

Articulado

Texto vigente al 20 de septiembre de 1994.

__preamble__

ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LEBU

Santiago, 8 de Agosto de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue:

D.F.L. Núm. 243-19.321.- Visto: Las facultades otorgadas por la Ley N° 19.321, dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1°

Adécuanse la planta y escalafones del personal de la Municipalidad de Lebu a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 18.883, en la forma que se señala:

_____________________________________________________

| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.970 DEL DIA MARTES |

| 20 DE SEPTIEMBRE DE 1994, PAGINA 14 |

|_____________________________________________________|

Artículo 2°

De conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.280 modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Lebu en el siguiente sentido:

A.- Créanse los cargos que se señalan:

Planta Cargo Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Directivos Director de Obras 8° 1

Municipales

Secretario Comunal de 8° 1

Planificación

y Coordinación

Asesor Jurídico 8° 1

Director de 8° 1

Administración

y Finanzas

Director de Desarrollo 10° 1

Comunitario

Profesionales Profesional 10° 1

Jefaturas Jefatura 11° 1

Administrativos Administrativo 14° 1

Administrativos 15° 2

Administrativo 16° 1

Administrativos 17° 2

Auxiliares Auxiliar 18° 1

Auxiliar 20° 1

____

TOTAL CARGOS 15

B.- Suprímense los cargos que se indican:

Planta Cargo Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Jefaturas Secretario Comunal de 11° 1

Planificación y

Coordinación

Jefatura 12° 1

Técnicos Técnico 12° 1

Técnico 15° 1

Técnico 17° 1

Auxiliares Auxiliares 18° 2

___

TOTAL CARGOS 7

C.- Modifícanse los grados de los cargos que se indican:

Grado Grado N°

Planta Cargo Actual Modificado Cargos

_______________________________________________________

Directivos Administrador 7° 6° 1

Municipal

Administrativos Administrativo 14° 13° 1

Administrativo 15° 14° 1

Administrativo 16° 15° 1

Administrativo 17° 16° 1

Administrativos 18° 16° 2

Administrativo 18° 17° 1

Auxiliares Auxiliar 16° 15° 1

Auxiliar 17° 15° 1

Auxiliares 17° 16° 2

Artículo 3°

Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Lebu:

Planta Cargo Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Alcaldes Alcalde 5° 1

Directivos Juez de Policía Local 6° 1

Secretario Municipal 6° 1

Administrador Municipal 6° 1

Director de Obras 8° 1

Municipales

Secretario Comunal de 8° 1

Planificación

y Coordinación

Asesor Jurídico 8° 1

Director de 8° 1

Administración y

Finanzas

Director de Desarrollo 10° 1

Comunitario

Profesionales Profesional 9° 1

Profesionales 10° 2

Profesionales Ley N°15.076 11 hrs./sem.

Jefaturas Jefatura 10° 1

Jefatura 11° 1

Técnicos Técnico 13° 1

Técnico 15° 1

Administrativos Administrativo 13° 1

Administrativos 14° 2

Administrativos 15° 3

Administrativos 16° 4

Administrativos 17° 3

Auxiliares Auxiliares 15° 2

Auxiliares 16° 2

Auxiliar 18° 1

Auxiliar 19° 1

Auxiliar 20° 1

____

TOTAL CARGOS 36

más Profesionales

Ley N° 15.076, 11 hrs./sem.

Artículo 4°

Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:

Planta Cargo Grado Requisitos

_______________________________________________________

Directivos Secretario 6° Requerirá

Municipal alternativamente

Título de Abogado o

Ingeniero

Comercial.

Director de 8° Requerirá

Administración alternativamente

y Finanzas Título de

Contador Auditor,

Contador Público, o

Ingeniero

comercial, además

de, a lo menos, 3

años de experiencia

laboral.

Profesionales Profesional 9° Requerirá

alternativamente

Título de Ingeniero

Civil, Arquitecto o

Constructor Civil.

Artículo 5°

De conformidad a lo dispuesto en la disposición sexta transitoria de la Ley N° 19.130, según texto refundido, fijado por el Decreto Supremo N° 662 del 16 de Junio de 1992, del Ministerio del Interior, la Municipalidad de Lebu cuenta con los siguientes cargos en extinción, adscrito a ella.

Planta Cargo Grado N° Cargos

_______________________________________________________

Profesionales Profesional 10° 1

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Germán Correa Díaz, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted, para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.