DFL · Nº 378
Qué dice la DFL 378
COMPLEMENTA LA LEY N° 6,640. ORGANICA DE LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION
- Publicada
- 5 de agosto de 1953
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE HACIENDA
Preguntas frecuentes
¿Qué es la DFL 378?
DFL 378 — «COMPLEMENTA LA LEY N° 6,640. ORGANICA DE LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION». Fue publicada el 5 de agosto de 1953 por MINISTERIO DE HACIENDA.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la DFL 378?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 5 de agosto de 1953: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La DFL 378 sigue vigente?
Sí. La DFL 378 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 5 de agosto de 1953.
Articulado
Texto vigente al 5 de agosto de 1953.
__preamble__
COMPLEMENTA LA LEY N° 6,640. ORGANICA DE LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION
Vistas las facultades que me confiere la ley N° 11.151. de 5 de Febrero de 1953, vengo en dictar el siguiente.
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°
Agrégase al final de la letra f) del artículo 25 de la ley N° 6,640, después del punto y coma que se reemplaza por un punto seguido, el siguiente párrafo: "Cuando el financiamiento acordado por una negociación consista en el otorgamiento de avales, éstos no podrán otorgarse si no en moneda nacional por una suma no superior al 20% del Activo Realizable a Corto Plazo según balance del año inmediatamente anterior".
Artículo 2°
La Corporación de Fomento de la Producción podrá otorgar préstamos por medio de pagarés privados, los que tendrán la forma y efectos legales que se establecen en la Ley Orgánica del Banco del Estado. Para estos fines la Corporación llevará un registro público.
Artículo 3°
El Consejo de la Corporación de Fomento de la Producción, en el ejercicio de sus atribuciones, podrá condonar toda clase de intereses.
Artículo 4°
Las acciones de que el Fisco es dueño en la Compañía Siderúrgica e Industrial de Valdivia, S.A. serán administradas por la Corporación de Fomento de la Producción.
Tómese razón, comuníquese y regístrese, publíquese e insértese en la Recopilación de Leyes y Decretos de la Contraloría de la República.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Rafael Tarud Siwady.- Felipe Herrera.