Decreto Ley · Nº 285
Qué dice la Decreto Ley 285
DECRETO-LEI N° 285, QUE DECLARA EN ESTADO DE SITIO LAS PROVINCIAS DE SANTIAGO, VALPARAISO Y ACONCAGUA.
- Publicada
- 2 de marzo de 1925
- Versiones
- 1
- Artículos
- 6
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DEL INTERIOR
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Decreto Ley 285?
Decreto Ley 285 — «DECRETO-LEI N° 285, QUE DECLARA EN ESTADO DE SITIO LAS PROVINCIAS DE SANTIAGO, VALPARAISO Y ACONCAGUA.». Fue publicada el 2 de marzo de 1925 por MINISTERIO DEL INTERIOR.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Decreto Ley 285?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 2 de marzo de 1925: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Decreto Ley 285 sigue vigente?
Sí. La Decreto Ley 285 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 2 de marzo de 1925.
Articulado
Texto vigente al 2 de marzo de 1925.
__preamble__
Decreto-Lei N° 285, que declara en estado de sitio las provincias de Santiago, Valparaiso y Aconcagua.
Núm. 285.- Santiago, 1.o de marzo de 1925.- La Junta de Gobierno, de acuerdo con el consejo de Secretarios de Estado, dicta el siguiente
DECRETO-LEI:
Artículo 1
o Declárase en estado de sitio las provincias de Santiago, Valparaiso y Aconcagua.
Artículo 2
o Las fuerzas armadas de toda la República, incluyendo los carabineros y las policías fiscales y comunales, dependerán, miéntras rija el decreto-lei, de la respectiva comandancia de Armas.
Artículo 3
o Las Comandancias de Armas podrán suspender o restrinjir el derecho de reunion y la libertad de prensa.
Artículo 4
o El Consejo Ordinario de Guerra o el Consejo de Oficiales Jenerales, resolviendo en única instancia, podrán condenar a las personas a confinamiento, estrañamiento, relegacion o destierro.
Cuando los Consejos de Guerra condenen a la pena de muerte, deberá consultarse a la Corte de Apelaciones respectiva, aplicándose las reglas ordinarias.
Artículo 5
o El presente decreto-lei rije desde su fecha hasta su derogacion espresa.
Tómese razon, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Emilio Bello C.– C.A. Ward.- Pedro P. Dartnell E.- Armando Jaramillo V.