Ley · Nº 11156

Qué dice la Ley 11.156

FIJA PLAZO EN QUE OFICIALES DE ARMAS Y LOS EMPLEADOS MILITARES, NAVALES Y DE AVIACION QUEDARAN COMPRENDIDOS EN RETIRO ABSOLUTO

Publicada
21 de febrero de 1953
Versiones
1
Artículos
17
Estado
Vigente

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 11.156?

Ley 11.156 — «FIJA PLAZO EN QUE OFICIALES DE ARMAS Y LOS EMPLEADOS MILITARES, NAVALES Y DE AVIACION QUEDARAN COMPRENDIDOS EN RETIRO ABSOLUTO». Fue publicada el 21 de febrero de 1953 por MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 11.156?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 21 de febrero de 1953: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Ley 11.156 sigue vigente?

Sí. La Ley 11.156 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 21 de febrero de 1953.

Articulado

Texto vigente al 21 de febrero de 1953 · se muestran los primeros 12 de 17 artículos.

__preamble__

Ley núm. 11,156

FIJA PLAZO EN QUE OFICIALES DE ARMAS Y LOS EMPLEADOS MILITARES, NAVALES Y DE AVIACION QUEDARAN COMPRENDIDOS EN RETIRO ABSOLUTO

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de Ley:

Artículo 1

o Los Oficiales de Armas y de los Servicios, Empleados Militares, Navales y de Aviación quedarán comprendidos en el retiro absoluto al cumplir 35 años de servicios efectivos como Oficiales o Empleados.

No obstante, el Presidente de la República podrá rechazar las solicitudes de retiro de los Oficiales Generales que desempeñen las funciones de Comandantes en Jefe, pudiendo mantenerlos en servicio por un período no mayor de los 40 años.

Artículo 2

o Los Coroneles, Capitanes de Navío y Comandantes de Grupo, de Armas y de los Servicios, al cumplir dos años en el grado, deberán elevar su solicitud de retiro, y será facultad del Presidente de la República dar o no lugar al retiro.

Artículo 3

o Introdúcense las siguientes modificaciones a los artículos que se indican de la ley 7,161:

'Artículo 15 Sustitúyense las palabras 'durante los dos últimos años' por las siguientes:

'durante todo el tiempo servido en el grado de Coronel';

Artículo 25

Sustitúyese las palabras 'durante los dos últimos años' por las siguientes:

'durante todo el tiempo servido en el grado de Coronel de Intendencia o Coronel Cirujano en su caso';

Artículo 33

Sustituir la frase 'y estar clasificado en los dos últimos años en la lista N.o 1' por estar clasificado en lista N.o 1 durante el tiempo servido como Capitán de Navío Ingeniero';

Artículo 43

Sustituir la frase 'y estar clasificado en los dos últimos años en la lista N.o 1' por 'estar clasificado en lista N.o 1 durante todo el tiempo servido como Capitán de Navío Ingeniero';

Artículo 50

Sustituir la frase 'y estar clasificado en los dos últimos años en la lista N.o 1' por 'estar clasificado en la lista N.o 1 durante todo el tiempo servido como Capitán de Navío Defensa de Costa';

Artículo 58

Sustituír la frase 'y haber sido clasificado en los dos últimos años en la lista N.o 1' por 'estar clasificado en lista N.o 1 durante todo el tiempo servido como Capitán de Navío Contador';

Artículo 65

Sustituír la frase 'y haber sido clasificado en los dos últimos años en lista N.o 1', por 'estar clasificado en lista N.o 1 durante todo el tiempo servido como Capitán de Navío Cirujano';

Artículo 74

Sustituír las frase 'durante los dos últimos años' por 'durante todo el tiempo servido en el Grado de Comandante de Grupo';

Artículo 84

Sustituír la frase 'durante los dos últimos años' por 'durante todo el tiempo servido en el grado de Comandante de Grupo (R. T.)';

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.