Ley · Nº 11585
Qué dice la Ley 11.585
AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA CELEBRAR CON GRACE Y CIA. (CHILE) S.A. UN CONTRATO DE PERMUTA DE LOS TERRENOS QUE INDICA
- Publicada
- 25 de septiembre de 1954
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE TIERRAS Y COLONIZACIÓN
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley 11.585?
Ley 11.585 — «AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA CELEBRAR CON GRACE Y CIA. (CHILE) S.A. UN CONTRATO DE PERMUTA DE LOS TERRENOS QUE INDICA». Fue publicada el 25 de septiembre de 1954 por MINISTERIO DE TIERRAS Y COLONIZACIÓN.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 11.585?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 25 de septiembre de 1954: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Ley 11.585 sigue vigente?
Sí. La Ley 11.585 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 25 de septiembre de 1954.
Articulado
Texto vigente al 25 de septiembre de 1954.
__preamble__
Ley núm. 11,585
AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA CELEBRAR CON GRACE Y CIA. (CHILE) S.A. UN CONTRATO DE PERMUTA DE LOS TERRENOS QUE INDICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1
o Autorízase al Presidente de la República para celebrar con Grace y Cía. (Chile) S.A. un contrato de permuta de los siguientes terrenos:
Grace y Cía. (Chile) S.A. se obligará a entregar una parte del terreno de su propiedad, que comprende la manzana N.o 308 del Plano de la ciudad de Antofagasta, inscrito a fs. 78, N.o 92, del Registro de Propiedad de Antofagasta, del año 1939, retazo que tiene una superficie aproximada de 5.475 metros cuadrados y cuyos deslindes especiales son:
Norte: Terrenos de la ex concesión, en 60,85 metros y calle Sucre, en 11 metros.
Este: Terrenos que conserva en la manzana Grace y Cía. (Chile) S.A., en dos líneas perpendiculares entre sí, de 63,75 y 20,50 metros y en 36,25 metros con calle Balmaceda.
Sur: Calle Arturo Prat, en 78 metros, y Oeste: Pasaje Rhin, en 61,20 metros.
El Fisco se obligará a entregar una parte del terreno inscrito a fs. 515 vta., N.o 627, del Registro de Propiedad de Antofagasta del año 1953, retazo que tiene una superficie aproximada de 8,450 metros cuadrados, y cuyos deslindes especiales son:
Norte: Calle Tacna, en 99,50 metros.
Este: Calle Tarapacá, en 66,50 metros, y un retazo que se reserva al Fisco, en 40 metros.
Sur: Retazo que se reserva el Fisco, en 50,50 metros, y Asilo de Ancianos, en 50 metros, y
Oeste: Calle Iquique, en 102,40 metros.
Para los efectos de la permuta que se autoriza celebrar por la presente ley, se considerarán ambos predios con un valor equivalente de $ 1.500.000 cada uno.
Artículo 2
o Autorízase al Presidente de la República para que transfiera el predio que el Fisco adquiere en virtud de la permuta a que se refiere esta ley al Consorcio Hotelero de Chile S.A., o a la sociedad a que en definitiva pertenezca el Hotel de Turismo de Antofagasta. La transferencia se hará por el precio de $ 1.500.000, pagadero en acciones del Consorcio o de la sociedad, expresadas en su valor nominal.
Artículo 3
o Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Municipalidad de Antofagasta las acciones que adquiera por esta operación.
Artículo 4
o Los actos y contratos a que se refiere la presente ley estarán exentos del trámite de la insinuación y libres de toda clase de impuestos fiscales y derechos notariales.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veinticuatro de Agosto de mil novecientos cincuenta y cuatro.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Mario Montero.