Ley · Nº 1304
Qué dice la Ley 1.304
LICEO DE TALCA.- AUTORIZACION PARA QUE SER VENDIDO EL LOCAL
- Publicada
- 23 de diciembre de 1899
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE JUSTICIA E INSTRUCCIÓN PÚBLICA
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley 1.304?
Ley 1.304 — «LICEO DE TALCA.- AUTORIZACION PARA QUE SER VENDIDO EL LOCAL». Fue publicada el 23 de diciembre de 1899 por MINISTERIO DE JUSTICIA E INSTRUCCIÓN PÚBLICA.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 1.304?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 23 de diciembre de 1899: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Ley 1.304 sigue vigente?
Sí. La Ley 1.304 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 23 de diciembre de 1899.
Articulado
Texto vigente al 23 de diciembre de 1899.
__preamble__
Liceo de Talca.- Autorizacion para que pueda ser vendido el local
Lei núm. 1,304.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo PRIMERO
Autoízase al Presidente de la República, por el término de un año, para que pueda enajenar en subasta pública, ante la respectiva Junta de Almoneda, el local que ocupa el Liceo de Talca i las propiedades contiguas que a dicho Liceo corresponden.
Artículo 2
° La enajenacion se hará en lotes con arreglo a los planos que forme la Direccion de Obras Públicas de acuerdo con la Municipalidad de Talca, debiendo dejarse el terreno necesario para el ensanche de las calles en conformidad al proyecto de transformacion de la ciudad i para la formacion de un pasaje o galería en el interior de la manzana que debe enajenarse.
Artículo 3
° El Presidente de la República fijará el mínimun, la forma de pago i idemas condiciones de la subasta.
Artículo 4
° Del producto de la enajenacion se concederá un 10 por ciento a la Municipalidad de Talca para costear los trabajos de la galería a que se refiere el artículo 2.° i el resto se destinará a la construccion del nuevo Liceo que se denominará "Liceo Cienfuegos", en el sitio que el Fisco posee en la Alameda de Talca, sus sostenimiento se hará permanentemente con fondos fiscales i con los demas ramos de entrada de que el actual Liceo goza, fuera del producto de las propiedades cuya enajenacion autoriza esta lei.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 21 de Diciembre de 1899.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Francisco J. Herboso.