Ley · Nº 15921

Qué dice la Ley 15.921

TRASPASA LAS CANTIDADES QUE INDICA ENTRE LOS ITEM QUE SEÑALA DEL PRESUPUESTO FISCAL DE ENTRADAS Y GASTOS DE LA NACION PARA EL AÑO 1964

Publicada
28 de noviembre de 1964
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1
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6
Estado
Vigente

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 15.921?

Ley 15.921 — «TRASPASA LAS CANTIDADES QUE INDICA ENTRE LOS ITEM QUE SEÑALA DEL PRESUPUESTO FISCAL DE ENTRADAS Y GASTOS DE LA NACION PARA EL AÑO 1964». Fue publicada el 28 de noviembre de 1964 por MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 15.921?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 28 de noviembre de 1964: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Ley 15.921 sigue vigente?

Sí. La Ley 15.921 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 28 de noviembre de 1964.

Articulado

Texto vigente al 28 de noviembre de 1964.

__preamble__

TRASPASA LAS CANTIDADES QUE INDICA ENTRE LOS ITEM QUE SEÑALA DEL PRESUPUESTO FISCAL DE ENTRADAS Y GASTOS DE LA NACION PARA EL AÑO 1964

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

Artículo 1°

Traspásanse las cantidades que se indican, entre los ítem que se señalan en el Presupuesto vigente aprobado por ley 15.455:

Desde los siguientes ítem:

Presupuesto de capital en monedas extranjeras reducidas a dólares:

08/01/120.1 Aporte a la Caja de

Amortización US$ 4.025.000

08/02/100 Para pagos de contratos a

suma alzada o de honorarios

y otras remuneraciones a

expertos y firmas

consultoras nacionales y

extranjeras, en conformidad

al convenio de préstamos que

se suscriba entre el Gobierno

de Chile y la Agency for

International Development del

Gobierno de los Estados

Unidos 1.400.000

__________

TOTAL US$ 5.425.000

Presupuesto corriente en moneda nacional:

07/01/29.1 Corporación de Fomento de

la Producción E° 1.500.000

Presupuesto de capital en moneda nacional:

05/03/102 Compra de Maquinaria y equipo 190.000

08/01/125.2 Caja Central de Ahorros y

Préstamos 5.000.000

08/02/100 Para pagos de contratos a suma

alzada o de honorarios y otras

remuneraciones a expertos y

firmas consultoras nacionales

y extranjeras, en conformidad

al convenio de préstamos que se

suscriba entre el Gobierno de

Chile y la Agency for

International Development del

Gobierno de los EE.UU. 2.000.000

08/04/100 Obras nuevas 130.000

08/07/104 Compra de oficinas para el

funcionamiento de la

Superintendencia, pudiendo pagar

a plazo el saldo de precio 200.000

13/02/100.1 Para la ejecución de programas

para el Fomento Agropecuario 100.000

14/02/103 Compra y expropiación de

terrenos 330.000

16/01/125.2 Para construcción de una

lancha para programas de

primeros auxilios en la

provincia de Chiloé 115.000

16/01/125.5 Servicio Nacional de Salud

para saneamiento ambiental 100.000

_________

TOTAL E° 9.665.000

A los siguientes ítem:

12/04/101.3 Para la continuación y

ampliación de obras y contratos

vigentes y la ejecución de

obras y contratos nuevos de

edificios públicos,

construcciones deportivas y

otros 2.000.000

12/05/100.1 Para continuación de obras y

contratos vigentes y para la

ejecución de obras y contratos

nuevos de locales escolares,

primarios y especiales 1.555.000

12/05/100.6 Para la continuación y

ampliación de obras y contratos

vigentes y la ejecución de obras

y contratos nuevos e instalación

de alcantarillado E° 710.000

12/05/100.7 Para obras de defensa de

riberas 300.000

12/06/101.1 Para la continuación de obras

y contratos vigentes y ejecución

de obras y contratos nuevos,

compra y mantención de maquinarias

y equipo, expropiaciones y compra

de terrenos 1.350.000

12/07/101.2 Para la ejecución de obras de

regadío de Aconcagua al Norte 1.600.000

12/07/101.3 Para la ejecución de obras de

regadío de Aconcagua al Sur 800.000

12/07/101.4 Para estudios y explotación

de obras iniciadas y por iniciar,

mantención de maquinarias,

instalaciones hidrotérmicas,

obras de saneamiento y funciones

encomendadas por el Código de

Aguas 300.000

12/08/100.1 Para la continuación y ampliación

de las obras y contratos vigentes

y la ejecución de obras y

contratos nuevos del camino

longitudinal de Santiago

a Arica 4.000.000

12/08/100.2 Para la continuación y

ampliación de obras y contratos

vigentes y la ejecución de

obras y contratos nuevos del

camino Longitudinal de Santiago

a Quellón 3.000.000

12/08/100.3 Para la continuación y

ampliación de obras en los

caminos transversales situados

entre las provincias de Tarapacá

y Maule inclusive 2.000.000

12/08/100.7 Para la construcción y

ampliación de obras de caminos

transversales en las provincias

de Linares a Magallanes

inclusive 1.500.000

12/08/100.8 Para la conservación y

mejoramiento de caminos 700.000

12/08/100.9 Para estudios, censos, cartas

camineras, señalizaciones,

compra de maquinaria y equipo 300.000

_________

TOTAL E° 20.115.000

Presupuesto corriente en moneda nacional:

12/01/29.3 Instituto de la Vivienda

Rural E° 400.000

Artículo 2°

Reemplázase la glosa del ítem.

12/07/107.1 del Presupesto de Capital vigente en

moneda nacional de la Dirección de Riego

del Ministerio de Obras Públicas por la

siguiente:

"12/07/101.1 Para la continuación de

obras y contratos en canales

Maule Norte y Embalse Digua,

de acuerdo a los convenios

suscritos con el Banco

Interamericano de Desarrollo.

Este ítem será excedible

hasta el monto de los

convenios citados".

Artículo 3°

Agrégase al final de la glosa del ítem 12/06/101.1 del Presupuesto de capital vigente en moneda nacional de la Dirección de Pavimentación Urbana del Ministerio de Obras Públicas, lo siguiente: "y para trabajos de conservación".

Artículo 4°

Traspásanse las cantidades que se indican entre los ítem que se señalan en el Presupuesto de Capital vigente en monedas extranjeras convertidas a dólares, aprobado por la ley 15.455:

Desde los siguientes ítem:

07/05/125.2 Empresa de los Ferrocarriles del

Estado, para amortizaciones

de deudas US$ 300.000

07/05/125.7 A la Empresa Marítima del

Estado, para amortizaciones

en el exterior 341.000

07/05/125.9 Para la construcción del puerto

de San Vicente 250.000

08/02/100 Para pagos de contratos a suma

alzada o de honorarios

y otras remuneraciones a expertos

y firmas consultoras nacionales

o extranjeras en conformidad al

convenio de préstamos que se

suscriba entre el Gobierno de

Chile y la Agency for International

Development del Gobierno de los

EE.UU. 80.000

16/01/125.1 Servicio Nacional de Salud, para

equipamiento de hospitales y

ambulancias 100.000

_________

TOTAL US$ 1.071.000

A los siguientes ítem:

07/05/125.1 Empresa de los Ferrocarriles del

Estado US$ 891.000

07/05/125.5 Aporte a la Empresa

Portuoria de Chile 180.000

_________

TOTAL US$ 1.071.000

Artículo 5°

Traspásanse las cantidades que se indican, entre los ítem que se señalan del Presupuesto vigente aprobado por ley 15.455:

Desde los siguientes ítem:

Presupuesto corriente en monedas extranjeras

convertidas a dólares:

06/02/02 Sueldos US$ 300.000

06/02/03 Sobresueldos 200.000

06/02/25 Asignación familiar 200.000

_________

TOTAL US$ 700.000

Presupuesto de Capital em monedas extranjeras

convertidas a dólares:

05/03/102 Compra de maquinaria y equipo,

incluyendo compra al contado

y cuotas de contado US$ 300.000

07/01/125.1 A la Empresa de Comercio

Agrícola 100.000

07/01/125.3 Corporación de Fomento 100.000

________

TOTAL US$ 500.000

Presupuesto de Capital en moneda nacional:

15/04/104 Compra de casas y

edificios E° 100.000

16/01/125.6 Servicio Nacional de Salud,

para instalación de agua

potable rural 250.000

_______

E° 350.000

A los siguientes ítem:

Presupuesto corriente en moneda nacional:

07/05/28.6 Empresa Portuaria de Chile.

Aporte Fiscal E° 1.200.000

16/01/29.1 Servicio Nacional de Salud.

1) Aporte 1.455.000

01/01/09 Gastos Generales 50.000

01/01/12 Mantención y reparaciones 22.000

01/01/20 Cuentas pendientes 8.000

01/01/23 Varios 15.000

_________

TOTAL E° 2.750.000

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlos y sancionarlos; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.

Santiago, veintisiete de noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Modesto Collados.- Sergio Molina.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.