Ley · Nº 16618
Qué dice la Ley 16.618
FIJA EL TEXTO DEFINITIVO DE LA LEY DE MENORES
- Publicada
- 8 de marzo de 1967
- Versiones
- 1
- Artículos
- 76
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE JUSTICIA
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley 16.618?
Ley 16.618 — «FIJA EL TEXTO DEFINITIVO DE LA LEY DE MENORES». Fue publicada el 8 de marzo de 1967 por MINISTERIO DE JUSTICIA.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 16.618?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 8 de marzo de 1967: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Ley 16.618 sigue vigente?
Sí. La Ley 16.618 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 8 de marzo de 1967.
Articulado
Texto vigente al 8 de marzo de 1967 · se muestran los primeros 12 de 76 artículos.
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FIJA EL TEXTO DEFINITIVO DE LA LEY DE MENORES
SANTIAGO, 3 de Febrero de 1967.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 213.- Vista la facultad que me confiere el artículo 5° transitorio de ley 16520, de 22 de Julio de 1966,
Decreto:
El texto definitivo de la Ley de Menores, será el siguiente:
LEY N° 16618
Título Preliminar
Artículo 1°
La presente ley se aplicará a los menores de edad, sin perjuicio de las disposiciones especiales que establecen otra edad para efectos determinados.
En caso de duda acerca de la edad de una persona, en apariencia menor, se le considerará provisionalmente como tal, mientras se compruebe su edad.
Título I
Del Consejo Nacional de Menores
Artículo 2°
DEROGADO.-
> **Nota.** NOTA: 1 El inciso segundo del artículo 23 del DL 2465, dispuso que el Fisco será el sucesor legal del Consejo Nacional de Menores en todos sus bienes, derechos y obligaciones.
Artículo 3°
DEROGADO.-
Artículo 4°
DEROGADO.-
Artículo 5°
DEROGADO.-
Artículo 6°
DEROGADO.-
Artículo 7°
DEROGADO.-
Artículo 8°
DEROGADO.-
Artículo 9°
DEROGADO.-
Artículo 10°
DEROGADO.-
Artículo 11°
DEROGADO.-