Ley · Nº 1663
Qué dice la Ley 1.663
Que crea el departamento de Santa Cruz en la;provincia de Curicó
- Publicada
- 30 de julio de 1904
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DEL INTERIOR
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley 1.663?
Ley 1.663 — «Que crea el departamento de Santa Cruz en la;provincia de Curicó». Fue publicada el 30 de julio de 1904 por MINISTERIO DEL INTERIOR.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 1.663?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 30 de julio de 1904: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Ley 1.663 sigue vigente?
Sí. La Ley 1.663 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 30 de julio de 1904.
Articulado
Texto vigente al 30 de julio de 1904.
__preamble__
Que crea el departamento de Santa Cruz en la provincia de Curicó
Lei núm. I663.- Santiago, a 30 de Julio de I904.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente:
PROYECTO DE LEI:
Artículo primero
Se crea en la provincia de Curicó un nuevo departamento con el nombre de "Santa Cruz".
Artículo 2
° La cabecera del nuevo departamento será el pueblo de Santa Cruz, i los límites de su territorio los siguientes:
Al norte, el límite de la provincia de Curicó que la separa de la de Colchagua, en la parte comprendida entre San José de Toro i el Arrayan, i en seguida, la cadena de cerros de Ranquihue hasta dar frente a la de los cerros de Nilahue o Alcántara;
Al oeste, la cumbre de esta última cadena hasta el cerro de Ránguil;
Al sur, la cadena de los cerros de Caune hasta los de Quiriñeo, siguiendo las cumbres mas altas; i Al este, las cumbres de los cerros de "Paredones de Auquinco" hasta el punto en que se estrella en ellos el Chimbarongo frente a San José de Toro.
Con arreglo a estos límites quedarán modificados los deslindes respectivos del nuevo departamento, con los de Curicó i Vichuquen.
Artículo 3
° El nuevo departamento tendrá un juez de letras, cuya residencia será la cabecera del departamento.
Artículo 4
° La representacion de la provincia de Curicó, en la Cámara de Diputados, se modifica en la forma siguiente:
Cada uno de los departamentos de Curicó, Vichuquen i Santa Cruz, elejirán un Diputado.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- M. E. Ballesteros.