Ley · Nº 16699

Qué dice la Ley 16.699

MODIFICA LA LEY 14.885, QUE AUTORIZÓ A LA MUNICIPALIDAD DE LIMACHE PARA CONTRATAR EMPRÉSTITOS DECLARA PARQUE NACIONAL EL CERRO "LA CAMPANA", UBICADO EN LA LOCALIDAD DE OLMUÉ

Publicada
3 de noviembre de 1967
Versiones
1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DEL INTERIOR

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 16.699?

Ley 16.699 — «MODIFICA LA LEY 14.885, QUE AUTORIZÓ A LA MUNICIPALIDAD DE LIMACHE PARA CONTRATAR EMPRÉSTITOS DECLARA PARQUE NACIONAL EL CERRO "LA CAMPANA", UBICADO EN LA LOCALIDAD DE OLMUÉ». Fue publicada el 3 de noviembre de 1967 por MINISTERIO DEL INTERIOR.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 16.699?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 3 de noviembre de 1967: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Ley 16.699 sigue vigente?

Sí. La Ley 16.699 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 3 de noviembre de 1967.

¿Qué otras normas modifica la Ley 16.699?

Modifica 1 cuerpo legal. En una ley modificatoria el efecto real se lee en la norma modificada, no en su propio texto.

Articulado

Texto vigente al 3 de noviembre de 1967.

__preamble__

MODIFICA LA LEY 14.885, QUE AUTORIZÓ A LA MUNICIPALIDAD DE LIMACHE PARA CONTRATAR EMPRÉSTITOS; DECLARA "PARQUE NACIONAL" EL CERRO "LA CAMPANA", UBICADO EN LA LOCALIDAD DE OLMUÉ

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

Artículo 1°

Introdúcense a la ley 14.885, de 6 de septiembre de 1962, las siguientes modificaciones:

1°.- Reemplázase en el artículo 1° la frase "la suma de E° 110.000" por la siguiente: "la suma de E° 260.000";

2°.- Suprímese en el artículo 2° la frase "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos" y reemplázase la coma (,) que la precede por un punto (.).

3°.- Reemplázase el artículo 3° por el siguiente:

Artículo 3°

El producto del o los empréstitos autorizados por esta ley, se invertirá en los siguientes fines:

a) Para la instalación de matrices

de agua potable y alcantarillado

en las calles Freire entre Con-

dell y Baquedano; Pedro de Val-

divia entre Condell y Baquedano; Ba-

quedano entre Manuel Rodríguez y Pe-

dro de Valdivia, todas ellas ubica-

das en San Francisco de Limache,

y en las calles Sargento Aldea

entre República y Población de

Obreros Municipales; Andrés Be-

llo entre República e Indepen-

dencia; Independencia entre 12

de Febrero y 18 de Septiembre y

Camino Troncal entre Independen-

cia y Echaurren, todas ellas de

Limache _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 90.500,-

b) Para un plan extraordinario de obras

en los sectores populares, de con-

formidad a las determinaciones que

al respecto adopte la Municipalidad E° 39.500,-

c) Para terminación de la Casa Consis-

torial y Teatro Municipal _ _ _ _ _ 80.000,-

d) Para un plan extraordinario de pavi-

mentación, de conformidad a las de-

terminaciones que al respecto adop-

te la Municipalidad _ _ _ _ _ _ _ _ 30.000,-

e) Para la adquisición de un carro

bomba para la Segunda Compañía

de Bomberos de Limache _ _ _ _ _ _ _ 20.000,-

T O T A L _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 260.000,-

4°.- Reemplázase el artículo 4° por el siguiente:

Artículo 4°

Destínase con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos autorizados el rendimiento del impuesto de un uno por mil a que se refiere la letra e) del artículo 2° del decreto 2.047, de 29 de julio de 1965, del Ministerio de Hacienda".

5°.- Agrégase al artículo 5°, la siguiente frase final "y las obras que señala la presente ley".

Artículo 2°

Declárase "Parque Nacional", el cerro denominado "La Campana", ubicado en la localidad de Olmué, comuna de Olmué.

La Dirección de Turismo, dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, realizará las obras que sean necesarias para su habilitación como tal.

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.

Santiago, diecisiete de octubre de mil novecientos sesenta y siete.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Bernardo Leighton.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.