Ley · Nº 1679

Qué dice la Ley 1.679

Autoriza la inversion de fondos para las obras de;agua potable de Talca i para hacer los estudios;definitivos de las obras de desagüe de Concepcion i;Talca.

Publicada
10 de septiembre de 1904
Versiones
1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DEL INTERIOR

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 1.679?

Ley 1.679 — «Autoriza la inversion de fondos para las obras de;agua potable de Talca i para hacer los estudios;definitivos de las obras de desagüe de Concepcion i;Talca.». Fue publicada el 10 de septiembre de 1904 por MINISTERIO DEL INTERIOR.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 1.679?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 10 de septiembre de 1904: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Ley 1.679 sigue vigente?

Sí. La Ley 1.679 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 10 de septiembre de 1904.

Articulado

Texto vigente al 10 de septiembre de 1904.

__preamble__

Autoriza la inversion de fondos para las obras de agua potable de Talca i para hacer los estudios definitivos de las obras de desagüe de Concepcion i Talca.

Lei núm. 1679.-

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

PROYECTO DE LEI:

Artículo primero

Apruébase el contrato celebrado el 3 de Agosto de 1904 por el Intendente de Talca i el primer alcalde de la Municipalidad de esa ciudad, autorizados debidamente el primero po4 el Supremo Gobierno i el segundo por la indicada Corporacion.

Artículo 2

° Se autoriza al Presidente de la República, por el término de dos años, para invertir hasta la suma de doscientos cincuenta mil pesos en llevar a efecto las obras definitivas del servicio de agua potable de la ciudad de Talca, bajo las condiciones establecidas en el contrato a que se refiere el artículo 1.°

Artículo 3

° Las obras de agua potable de Talca, cañería, estanques i demas anexos quedarán hipotecadas para garantizar las sumas que se inviertan en conformidad a la presente lei.

Artículo 4

° Autorízase igualmente al Presidente de la República, por el término de dos años, para que invierta hasta la suma de veintidos mil pesos ($ 22 000) en la revision de los estudios i en la formacion de proyectos definitivos para hacer los desagües de las ciudades de Talca i Concepcion i de un estudio para proveer de agua potable a esta última ciudad.

I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.

Santiago, a 10 de Setiembre de 1904.- JERMAN RIESCO.- M. E. Ballesteros.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.