Ley · Nº 18527

Qué dice la Ley 18.527

OTORGA A DOÑA ROSA DEL CARMEN ROA BUSTAMANTE LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN LA LEY Nº 18.306.

Publicada
31 de julio de 1986
Versiones
1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 18.527?

Ley 18.527 — «OTORGA A DOÑA ROSA DEL CARMEN ROA BUSTAMANTE LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN LA LEY Nº 18.306.». Fue publicada el 31 de julio de 1986 por MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 18.527?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 31 de julio de 1986: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Ley 18.527 sigue vigente?

Sí. La Ley 18.527 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 31 de julio de 1986.

Articulado

Texto vigente al 31 de julio de 1986.

__preamble__

LEY NUM. 18.527

OTORGA A DOÑA ROSA DEL CARMEN ROA BUSTAMANTE LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN LA LEY Nº 18.306.

La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley

Artículo 1º

Los beneficios económicos establecidos por la ley Nº 18.306, favorecerán a doña Rosa del Carmen Roa Bustamante, en los mismos términos y condiciones establecidos en dicha ley.

La pensión establecida en el citado cuerpo legal, que tendrá el carácter de montepío, será incompatible con cualquier otra pensión o montepío a que tuviere derecho o percibiere al momento de entrar en vigencia esta ley, pudiendo en todo caso optar la beneficiaria por cualquiera de ellas.

Artículo 2º

Las prestaciones de salud a que tenga derecho la beneficiaria de parte de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, se seguirán otorgando por dicho Organismo.

Artículo 3º

El mayor gasto que origine la aplicación de la presente ley, se imputará al Item "Jubilaciones, Pensiones y Montepíos", del Programa de Operaciones Complementarias del Presupuesto vigente del Tesoro Público.

Artículo 4º

Esta ley regirá a contar desde el 1º de enero de 1986.

JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- JULIO CANESSA ROBERT, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.- JUAN ALEGRIA VALDES, General Subdirector de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno, Subrogante.

Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.

Llévese a efecto como Ley de la República.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.

Santiago, 15 de julio de 1986.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.

Lo que se transcribe para su conocimiento.- Sergio Cotroneo Concha, Coronel de Carabineros, Subsecretario de Carabineros MDN.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.