Ley · Nº 18788

Qué dice la Ley 18.788

Publicada
8 de abril de 1989
Versiones
1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 18.788?

Ley 18.788 — «». Fue publicada el 8 de abril de 1989 por MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 18.788?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 8 de abril de 1989: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Ley 18.788 sigue vigente?

Sí. La Ley 18.788 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 8 de abril de 1989.

Articulado

Texto vigente al 8 de abril de 1989.

__preamble__

La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente:

Proyecto de ley

Artículo 1°

Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 1° de la Ley N° 18.589:

a) Reemplázase en el inciso 1° el guarismo "15%" por "29%".

b) Intercálase como inciso 2°, el siguiente: "Lo concedido en el inciso precedente será de un 14% para el personal comprendido en las letras a),

- **b)** y

- **c)** del artículo 8° y

- **a)** del artículo 12 del decreto con fuerza de ley antes citado y para el personal equivalente que señala".

Artículo 2°

Modifícase el inciso 1° del artículo 2° del Decreto Ley N° 2.546, de 1979, en la forma siguiente:

a) Sustitúyese el guarismo "32%" por "36".

b) Agréguese a continuación de la expresión "Capitán (E) y grados equivalentes", la siguiente: "Teniente (E) y grados equivalentes___ 10%".

c) Agréguese a continuación de la expresión "Sargento 1° (E) y grados equivalentes" las siguientes:

"Sargento 2° (E) y grados equivalentes____ 10%"; "Cabo 1° (E) y grados equivalentes_____ 5%".

Artículo 3°

La presente ley regirá a partir del 1° de Marzo de 1989.

Artículo 4°

El gasto que demande la presente ley, será con cargo a los presupuestos de cada Subsecretaría de Defensa.

JOSE TORIBIO MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- SANTIAGO SINCLAIR OYANEDER, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.

Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación.

Llévese a efecto como ley de la República.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.

Santiago, 5 de abril de 1989.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Ministro de Defensa Nacional.- Hernán Büchi Buc, Ministro de Hacienda.

Lo que se transcribe para su conocimiento.- Ricardo Izurieta Caffarena, Coronel, Subsecretario de Guerra.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.