Ley · Nº 18864
Qué dice la Ley 18.864
MODIFICA LEY N° 18.297, ORGANICA DE LA EMPRESA NACIONAL DE AERONAUTICA DE CHILE
- Publicada
- 5 de diciembre de 1989
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley 18.864?
Ley 18.864 — «MODIFICA LEY N° 18.297, ORGANICA DE LA EMPRESA NACIONAL DE AERONAUTICA DE CHILE». Fue publicada el 5 de diciembre de 1989 por MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 18.864?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 5 de diciembre de 1989: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Ley 18.864 sigue vigente?
Sí. La Ley 18.864 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 5 de diciembre de 1989.
Articulado
Texto vigente al 5 de diciembre de 1989.
__preamble__
MODIFICA LEY N° 18.297, ORGANICA DE LA EMPRESA NACIONAL DE AERONAUTICA DE CHILE
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Artículo único
Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 18.297, Orgánica de la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile:
1.- Sustitúyese el artículo 8°, por el siguiente:
Artículo 8°
El Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, cuando lo estime conveniente, podrá integrar el Consejo, con derecho a voz y voto, en cuyo caso presidirá la sesión.";
2.- Reemplázase la letra b) del artículo 9°, por la siguiente:
"b) Aprobar la Memoria Anual y Balance General, los que deberán ser presentados, antes del 31 de mayo de cada año, al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, y";
3.- Modifícase el artículo 10, en la forma siguiente:
a.- Sustitúyese en la letra l) la conjunción final "y" y la coma (,) que la precede, por un punto y coma (;).
b) Agrégase la siguiente letra m) nueva, pasando la actual letra m) a ser n):
"m) Pactar en los contratos internacionales que celebre, la renuncia a la jurisdicción chilena o la aplicación del derecho extranjero, con acuerdo del Consejo, y";
4.- Sustitúyese el artículo 15°, por el siguiente:
Artículo 15
La Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile estará sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de la República, exclusivamente en lo concerniente al examen de las cuentas de entradas y gastos.", y
5.- Reemplázase el artículo 18, por el siguiente:
Artículo 18
Para todos los efectos legales, los terrenos e instalaciones fabriles y de administración de ENAER, serán considerados recintos militares.".
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- SANTIAGO SINCLAIR OYANEDER, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el N° 1, del Art. 82 de la Constitución Política de la República,y por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación. Llévese a efecto como ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 23 de noviembre de 1989.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alejandro Huerta Forch, Coronel de Aviación (A), Subsecretario de Aviación.
Tribunal Constitucional PRYECTO DE LEY QUE MODIFICA LEY N° 18.297, ORGANICA DE LA EMPRESA NACIONAL DE AERONAUTICA DE CHILE.
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la H. Junta de Gobierno envió el proyecto de ley enunciado en el rubro a fin de que el Tribunal ejerciera el control de constitucionalidad respecto del N° 4 del artículo único, y que por sentencia de 7 de noviembre de 1989, declaró que dicho artículo único, N° 4, del proyecto remitido es constitucional.- Rafael Larraín Cruz, Secretario.