Ley · Nº 19221

Qué dice la Ley 19.221

ESTABLECE MAYORIA DE EDAD A LOS 18 AÑOS Y MODIFICA CUERPOS LEGALES QUE INDICA

Publicada
1 de junio de 1993
Versiones
1
Artículos
25
Estado
Vigente

MINISTERIO DE JUSTICIA

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 19.221?

Ley 19.221 — «ESTABLECE MAYORIA DE EDAD A LOS 18 AÑOS Y MODIFICA CUERPOS LEGALES QUE INDICA». Fue publicada el 1 de junio de 1993 por MINISTERIO DE JUSTICIA.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 19.221?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 1 de junio de 1993: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Ley 19.221 sigue vigente?

Sí. La Ley 19.221 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 1 de junio de 1993.

Articulado

Texto vigente al 1 de junio de 1993 · se muestran los primeros 12 de 25 artículos.

__preamble__

ESTABLECE MAYORIA DE EDAD A LOS 18 AÑOS Y MODIFICA CUERPOS LEGALES QUE INDICA

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de Ley

Artículo 1°

Establécese que es mayor de edad la persona que ha cumplido dieciocho años.

Artículo 2°

Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Civil:

a) En los artículos 26, 106, 107, 108, 111, 112, 114, 116, 150, 197, 241, 266, 286, 450, 1074 y 1134, reemplázase el vocablo "veintiún" por la palabra "dieciocho".

b) En el artículo 407, sustitúyese la palabra "veintiuno" por al vocablo "dieciocho".

Artículo 3°

En el artículo 35, número 1, de la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas, sustitúyese la expresión "21 años" por la palabra "edad".

Artículo 4°

En el artículo 46 de la ley N° 18.045, de mercado de valores, reemplázase la letra a) por la siguiente: "a) ser mayor de edad;".

Artículo 5°

En el artículo 62, número 1°, de la ley N° 16.618, ley de menores, sustitúyese el vocablo "veintiún" por "dieciocho".

Artículo 6°

En el artículo 52 de la ley N° 18.703, sobre adopción de menores, reemplázase la palabra "veintiún" por "dieciocho".

Artículo 7°

En el artículo 16 del Código de Comercio, sustitúyese el vocablo "veintiún" por "dieciocho".

Artículo 8°

En los artículos 113, 116 y 123 de la ley N° 17.105, de alcoholes, bebidas alcohólicas y vinagres, sustitúyese el vocablo "veintiún" por "dieciocho", y en sus artículos 163 y 166, N° 6, la palabra "veinte" por "dieciocho".

Artículo 9°

Sustitúyese en los artículos 359, 363 y 366 del Código Penal la palabra "veinte" por "dieciocho".

Artículo 10

Sustitúyese en los artículos 14 y 16 del Código del Trabajo la palabra "veintiúno" por "dieciocho".

Artículo 11

Sustitúyese en el N° 1 del artículo 61 de la ley N° 4.808, el guarismo "21" por "18".

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.