Ley · Nº 3067

Qué dice la Ley 3.067

REDUCE EL PERSONAL DE ALGUNAS CORTES DE APELACIONES

Publicada
10 de marzo de 1916
Versiones
1
Artículos
5
Estado
Vigente

MINISTERIO DE JUSTICIA

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 3.067?

Ley 3.067 — «REDUCE EL PERSONAL DE ALGUNAS CORTES DE APELACIONES». Fue publicada el 10 de marzo de 1916 por MINISTERIO DE JUSTICIA.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 3.067?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 10 de marzo de 1916: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Ley 3.067 sigue vigente?

Sí. La Ley 3.067 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 10 de marzo de 1916.

Articulado

Texto vigente al 10 de marzo de 1916.

__preamble__

Reduce el personal de algunas Cortes de Apelaciones Lei núm. 3,067.-

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

PROYECTO DE LEI:

Artículo PRIMERO

Las Cortes de Apelaciones de Tacna, La Serena, Valparaiso i Valdivia se compondrán de cuatro Ministros i un Fiscal cada una.

Artículo 2

° La Corte de Apelaciones de Concepcion se compondrá de siete Ministros, un Fiscal, dos Relatores i un Secretario, continuando dividida en dos salas con tres i cuatro miembros, respectivamente.

Artículo 3

°- La Corte de Apelaciones de Talca se compondrá de cuatro Ministros i un Fiscal i funcionará en una sola sala.

Artículo TRANSITORIO

Las reducciones de los miembros de las Cortes indicadas i la de las plazas de un fiscal, dos relatores, un secretario, un oficial primero, un oficial segundo i un escribiente de Secretaría de la Corte de Apelaciones de Concepcion, se efectuará cuando ocurran las vacantes respectivas.

La Corte de Apelaciones de Talca seguirá funcionando dividida en dos salas, miéntras no se efectúe la reduccion en su personal.

I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.

Santiago, a 3 de Marzo de 1916.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Roberto Sánchez.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.