Ley · Nº 3501
Qué dice la Ley 3.501
- Publicada
- 19 de febrero de 1919
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- 1
- Artículos
- 7
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE FERROCARRILES
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley 3.501?
Ley 3.501 — «». Fue publicada el 19 de febrero de 1919 por MINISTERIO DE FERROCARRILES.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 3.501?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 19 de febrero de 1919: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Ley 3.501 sigue vigente?
Sí. La Ley 3.501 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 19 de febrero de 1919.
Articulado
Texto vigente al 19 de febrero de 1919.
__preamble__
Lei número 3,501.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo 1º
Apruébase el siguiente proyecto de Presupuesto de Entradas y Gastos de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para 1919:
PRESUPUESTO DE ENTRADAS ORDINARIAS DE LA RED CENTRAL
Partida primera
Item 1º Entrada de la esplotación industrial
Tráfico de pasajeros $ 25.000,000
Tráfico de equipajes 3.550,000
Tráfico de carga 55.450,000
$ 84.000,000
Telegramas del público 20,000
$ 84,020,000
Item 2º Entrada de los bienes:
Arriendos 153,690
Productos de muelles 29,350
Ventas de materiales escluidos
del servicio 23,480
Otras entradas 23,480
$ 230,000
$ 84,250,000
PRESUPUESTO JENERAL DE GASTOS ORDINARIOS DE LA RED CENTRAL
MONEDA CORRIENTE
Gastos fijos
Los ítem del presupuesto de gastos podrán excederse, por la Dirección Jeneral del ramo, de acuerdo con el Consejo de Administración y previa aprobación suprema si el mayor desarrollo de los servicios lo requiere. En igual forma podrán aplicarse los posibles sobrantes de los diversos ítem en otros ítem que pudieran agotarse.
Partida 1ª
Item
1 Sueldos $ 12.201,600
2 Cuatrienales 293,804 60
3 Opcion a sueldo antiguo 128,008 32
$ 12.623,412 92
GASTOS VARIABLES
Partida 2ª
Item
4 Jornales $ 27.395,606
5 a) Gastos jenerales 3.226,289 50
b) Servicio de la deuda 1.000,000
c) Gratificaciones que deberán
otorgarse por acuerdo unánime
del Consejo 100,000
6 a) Materiales 2.290,412 40
b) Combustible 9.544,226 34
7 a) Dos y medio por mil para
la Caja de Retiros y Previsión
Social 210,000
b) 5% sobre sueldos jenerales
y gratificaciones 1.980,245 94
c) Subvención para el servicio
sanitario 300,000
8 Imprevistos 409,000
9 Contratos diversos 308,000
10 a) Muebles y útiles 47,500
b) Muebles, etc., para la Oficina
de Identificación 13,464 70
11 Reservas especiales 1.600,702 98
$ 48.425,447 86
Total en moneda corriente $ 61.048,860 78
Oro de 18 d.
GASTOS VARIABLES
Partida 3ª
Item
12 Gastos jenerales $ 75,666 99
13 Materiales:
a) Carbon. $ 21.477,370
b) Materiales varios 12.150,532 33.627,902
14 Servicio de la deuda 85,000
15 Reservas especiales 3.827,336 60
Total en oro de 18 d. $ 37.615,905 59
Total del presupuesto en moneda
corriente $ 61.048,860 78
Total del presupuesto en oro de
18 d. $ 37.615,905.59 que, con un
recargo de 38.5 que corresponde al
cambio de 13 d. da en moneda
corriente 52.098,029 25
Total jeneral en moneda
corriente $ 113.146,890 03
PRESUPUESTO DE ENTRADAS ORDINARIAS DE LA RED NORTE
PARTIDA 1ª
Oro de 18 d.
Item 1 Entrada de la Esplotacion Industrial:
Tráfico de pasajeros $ 1.190,955
Tráfico de equipajes 167,279
Tráfico de carga 2.726,247
$ 4.084,481
PARTIDO 2ª
Moneda corriente
Item 2 Entradas de los bienes:
Arriendos $ 69,611
Productos de muelles 53,165
Venta de agua al público 112,822
Telegramas y arriendo de teléfonos 20,510
Otras entradas 338
$ 256,446
Item de 3 Entradas financieras:
Intereses bancarios 6,000
$ 262,446
RESUMEN
Total del presupuesto en moneda
corriente $ 262,446
Total en oro de 18 d., $ 4.084,481,
que con recargo de 55 por ciento
equivalente al premio aproximado
que fijará el Gobierno para los
derechos de internación en el año
1919, dá un total en moneda corriente
de $ 6.330,945 55
Total jeneral $ 6.593,391 55
PRESUPUESTO DE GASTOS ORDINARIOS DE LA RED NORTE
Moneda corriente
Los ítem del presente Presupuesto de Gastos podrán excederse por la Dirección Jeneral del ramo, de acuerdo con el Consejo de Administración y previa aprobación suprema, si el mayor desarrollo de los servicios lo requiere. En igual forma podrán aplicarse los posibles sobrantes de los diversos ítem en otros ítem que pudieren agotarse.
GASTOS FIJOS
Partida 1ª
Item
1 Sueldos $ 1.326,100
2 Cuatrienales 13,088
3 Opcion a sueldo antiguo 7,458
$ 1.346,646
GASTOS VARIABLES
Partida 2ª
Item
4 Jornales $ 2.709,463
5 Gastos jenerales 408,976
6 Materiales 1.012,609
7 Subvención a la Caja de
Retiros y de Previsión Social 323,640
8 Imprevistos 565,993
9 Contratos diversos
10 Muebles y útiles 9,000
11 Reservas 1.000,000
$ 6.029,681
Total en moneda corriente $ 7.376,327
Oro de 18 d.
GASTOS VARIABLES
Partida 3ª
13 Materiales (combustibles) $ 3.676,500
Total del presupuesto en
moneda corriente $ 7.376,327
Total del presupuesto en oro
de 18 d. $ 3.676,500, que con
un recargo de 38.5% que
corresponde al cambio de 13 d.
da en moneda corriente 5.091,953
Total jeneral en moneda
corriente $ 12.468,280
Presupuesto para obras de renovacion, en conformidad con el artículo 35, inciso 4º, de la lei número 2,846, de 26 de enero de 1914.
ENTRADAS
MONEDA CORRIENTE
Partida 2ª
3 Fondos que se cargarán a Ganancias y
Pérdidas en el balance jeneral del año
1918 para pago de cuentas, planillas
correspondientes a los años 1914 a
1918 y que no se hubieren consultado
en las nóminas respectivas $ 50,000
4 Saldos sobrantes de las cuotas de
renovación acumuladas en los años
1915 a 1918 inclusives 7.450,593 92
5 Cuota de renovación en moneda
corriente, consultada en el presupuesto
de gastos ordinarios para 1919 1.600,702 98
Total $ 9.101,296 98
PESOS DE 18 d.
Partida 3ª
Item
6 Cuota de renovación en pesos de
18 d. consultada en el presupuesto
de gastos ordinarios para 1919 $ 3,827,336 60
RESUMEN
Moneda corriente $ 9.101,296 90
Pesos de 18 d. con 38.5% de
recargo 5.300,861 19
Total $ 14.402,158 09
GASTOS
Moneda corriente
La empresa queda facultada para aplicar los posibles sobrantes de los diversos ítem de este presupuesto en otros ítem del mismo, que pudieren agotarse.
Partida 4ª
Item
16 Dirección Jeneral.- a) Para pago
de cuentas y planillas correspondientes
a los años 1914 a 1918 y que no se
hubieren consultado en la nómina de
dichos años $ 50,000
Trasporte.- b) Mejoras del
Alumbrado y comunicación entre
estaciones (seguridad del movimiento) 150,000
Señalizacion 250,000
$ 450,000
Item
17 Via y obras.- Saldos de contratos
pendientes de 1918 $ 874,246 74
Durmientes 2.431,928 80
Rieles 300,000
Lastre 1.260,000
Reconstruccion del puente Longaví 180,000
Reconstruccion parcial de los
estribos del puente Ñuble y
defensas del terraplen 90,000
Refuerzo de puentes y viaductos
del ferrocarril de Ancud a Castro 100,000
Renovación del puente Ligai 120,000
Renovación del puente Huaqui 140,000
Refuerzo del puente Quillen 40,000
Refuerzo de los puentes Cunaco,
Vertiente, Quilipin y Batuco 30,000
Reconstrucción de los puentes
Colliguai y Morera 70,000
Renovación de los puentes Pachagua,
Gomero, Hualqui, Araucana y
Colliguai 136,000
Renovación de los puentes Ñiquen,
Niquihue y Monte Aguila 120,000
Sueldos del personal ausiliar y
gastos jenerales 180,000
$ 6.072,175 54
18 Traccion y Maestranza.- Armadura
locomotora Mikado $ 30,000
Armadura 200 carros reja 50,000
Equipos recalentadores 100,000
Frenos de aire 50,000
$ 230,000
Total $ 6.752,175 54
PESOS DE 18 d.
Partida 5ª
Item
19 Via y obras.- Saldos de contratos
pendientes de 1918 $ 6,610
Rieles 2.978,565
$ 2.985,175
20 Tracción y Maestranza.- Saldo contrato
Bartsch $ 8,497 30
Adquisición 15 calderos 300,000
Frenos de aire 500,000
Construcción de 35 coches de tercera
clase y de 15 furgones 1.237,700
Transformación de 50 carros de 10
toneladas 170,000
Carboneras mecánicas 80,000
Enganches automáticos 200,000
Indicadores de velocidad 42,000
$ 2.538,197 30
Total $ 5.523,372 30
RESUMEN
Moneda corriente $ 6.752,175 54
Pesos de 18 d. con 38.5% de recargo 7.649,870 64
Total $ 14.402,046 18
Artículo 2º
Autorízase al Presidente de la República por el plazo de 18 meses para contratar un empréstito con el 1 por ciento de amortización acumulativa anual que produzca hasta $ 89.000,000, moneda nacional de oro, que se destinarán a la realización del plan de obras y mejoramiento en la Red Central Sur, que apruebe el Supremo Gobierno.
Artículo 3º
El servicio del empréstito será de cargo del presupuesto ordinario de la Empresa.
Artículo 4º
De los fondos obtenidos por dicho empréstito se destinarán $ 24.000,000, moneda nacional de oro, a reintegrar a la Empresa las sumas invertidas en obras efectuadas en conformidad a las autorizaciones concedidas en las leyes números 3,236, de 5 de febrero de 1917, y 3,361, de 19 de abril de 1918, y que se detallan en el plan propuesto y saldar el déficit de 1918 y 1919.
Artículo 5º
Se autoriza a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para que, a contar desde la promulgación de esta lei, eleve sus tarifas en la Red Central Sur en 20 por ciento durante el año 1919 y para que las cobre en moneda corriente, siempre que el cambio internacional sea superior a 10 peniques.
Artículo 6º
La misma Empresa queda facultada para contratar una cuenta corriente bancaria hasta por cuarenta millones de pesos, cuenta que cancelará a medida que reciba el producido del empréstito que contrate el Presidente de la República en conformidad a esta lei."
Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a veinte de febrero de mil novecientos diecinueve.- Sanfuentes.- Luis Serrano A.