Ley · Nº 6955
Qué dice la Ley 6.955
CREA UN JUZGADO DE LETRAS DE MENOR CUANTIA CON ASIENTO EN VILLARRICA
- Publicada
- 13 de junio de 1941
- Versiones
- 1
- Artículos
- 5
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DE JUSTICIA
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley 6.955?
Ley 6.955 — «CREA UN JUZGADO DE LETRAS DE MENOR CUANTIA CON ASIENTO EN VILLARRICA». Fue publicada el 13 de junio de 1941 por MINISTERIO DE JUSTICIA.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 6.955?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 13 de junio de 1941: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Ley 6.955 sigue vigente?
Sí. La Ley 6.955 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 13 de junio de 1941.
Articulado
Texto vigente al 13 de junio de 1941.
__preamble__
CREA UN JUZGADO DE LETRAS DE MENOR CUANTIA CON ASIENTO EN VILLARRICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo 1°
Créase un Juzgado de Letras de Menor Cuantía con asiento en Villarrica y cuya jurisdicción comprenderá la subdelegación del mismo nombre.
> **Nota.** NOTA: 1 La modificación introducida por el art. único de la ley 7497 regirá treinta días después de su publicación en el "Diario Oficial", efectuada el 3 de septiembre de 1943.
Artículo 2°
El personal de este Juzgado será el siguiente y su renta anual la que se expresa a continuación:
Juez de Letras de Menor
Cuantía- - - - - - $ 24,000.-
Secretario- - - - - 18,000.-
Oficial de Sala - - 7,087.50
Artículo 3°
El gasto que importe el cumplimiento de esta ley se imputará al rendimiento derivado de las modificaciones introducidas en la Ley de Impuesto a la Renta, por el artículo 6° de la ley N° 6,782, de 20 de febrero de 1941.
Artículo 4°
Esta ley regirá desde su publicación en el "Diario Oficial".
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, treinta de mayo de mil novecientos cuarenta y uno.- P. AGUIRRE CERDA.- Raúl Puga M.- Marcial Mora M.