Ley · Nº 9072

Qué dice la Ley 9.072

AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR LA CANTIDAD DE CINCUENTA MILLONES DE PESOS EN LAS OBRAS PUBLICAS QUE INDICA

Publicada
6 de octubre de 1948
Versiones
1
Artículos
7
Estado
Vigente

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y VÍAS DE COMUNICACIÓN

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 9.072?

Ley 9.072 — «AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR LA CANTIDAD DE CINCUENTA MILLONES DE PESOS EN LAS OBRAS PUBLICAS QUE INDICA». Fue publicada el 6 de octubre de 1948 por MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y VÍAS DE COMUNICACIÓN.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 9.072?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 6 de octubre de 1948: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Ley 9.072 sigue vigente?

Sí. La Ley 9.072 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 6 de octubre de 1948.

Articulado

Texto vigente al 6 de octubre de 1948.

__preamble__

AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR LA CANTIDAD DE CINCUENTA MILLONES DE PESOS EN LAS OBRAS PUBLICAS QUE INDICA

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

Artículo 1

o Autorízase al Presidente de la República para invertir la cantidad de cincuenta millones de pesos ($ 50.000,000) en las siguientes obras públicas:

1) Riego: $ 4.200.000

Para proseguir la desecación y saneamiento

de Las Vegas de La Serena, obras de

regadío y complementarias________________$1.200.000.-

Para expropiación y formación de parcelas

en Las Vegas de La Serena, trabajos que

deben ejecutarse en colaboración con la

Caja de Colonización Agrícola____________ 3.000.000.-

2) Caminos: $ 8.400.000

Para construcción y mejoramiento de

caminos en la provincia de Atacama,

incluyendo la prosecución del puente

"Huasco Bajo"____________________________ 2.000.000.-

Para construcción y mejoramiento de

caminos en la provincia de Coquimbo,

incluyendo la prosecución del edificio

de los Servicios de Caminos en La Serena_ 5.000.000.-

Para reparaciones urgentes de caminos

originadas por los últimos temporales y

reparación del puente "Granaderos", en

Mulchén, sobre el río Bureo, siempre

que los vecinos y Municipalidades eroguen

un mínimo de $ 100.000, y otras obras____ 1.000.000.-

Para reparaciones del camino de Quillón al

límite con la provincia de Concepción____$ 400.000.-

3) Ferrocarriles: $ 8.000.000

Ferrocarril de Antofagasta a Salta_________ 3.600.000.-

Ferrocarril de Freire a Toltén_____________ 500.000.-

Ferrocarril de Lanco a Panguipulli_________ 700.000.-

Ferrocarril de Crucero a Puyehue___________ 300.000.-

Ferrocarril de Putagán a Colbún____________ 500.000.-

Ferrocarril de Puente Alto al Volcán, para

mejoramiento del equipo y otros gastos

impostergables___________________________ 600.000.-

Para proseguir por administración la

construcción de la Estación Guayacán,

desvíos y demás obras ferroviarias y

mejoramiento del Ferrocarril de Caldera a

Copiapó__________________________________ 1.200.000.-

Adquisición de materiales varios___________ 300.000.-

Otras obras, estudios e imprevistos________ 300.000.-

4) Hidráulica: $ 7.800.000

Mejoramiento del servicio de agua potable y

alcantarillado de Copiapó________________ 120.000.-

Agua potable de Valparaíso_________________ 3.000.000.-

Agua potable de Santiago___________________ 1.480.000.-

Agua potable de Punta Arenas_______________ 700.000.-

Agua potable de Talca______________________ 200.000.-

Alcantarillado de Santiago_________________ 1.100.000.-

Alcantarillado de Temuco___________________ 400.000.-

Alcantarillado de San Bernardo_____________ 100.000.-

Defensa en "El Monte" contra crecidas del

río Mapocho______________________________ 700.000.-

5) Puertos: $ 10.600.000

Puerto de Arica____________________________ 1.000.000.-

Puerto de Antofagasta______________________ 4.500.000.-

Puerto de Valparaíso_______________________ 1.000.000.-

Puerto de San Antonio______________________ 200.000.-

Puerto de Puerto Montt_____________________ 500.000.-

Puerto de Constitución_____________________ 500.000.-

Puerto de Valdivia_________________________ 300.000.-

Puerto de Puerto Saavedra__________________ 300.000.-

Trabajos draga Chipana, inclusive el

dragado del puerto de Talcahuano_________ 500.000.-

Varias obras e imprevistos_________________ 300.000.-

Para proseguir por administración las

obras del puerto de Coquimbo

($ 1.150.000) y reparaciones del muelle

de Caldera ($ 350.000)___________________ 1.500.000.-

6) Arquitectura: $ 8.400.000

Palacio de la Moneda y Casa Presidencial de

Viña del Mar reparaciones y dotación_____ 300.000.-

Reparaciones de edificios públicos en

Arica, incluyendo Consulado de Chile en

Tacna____________________________________$ 300.000.-

Intendencia de Antofagasta, reparaciones y

dotación__________________________________ 200.000.-

Intendencia y Servicios Públicos de

Curicó___________________________________ 400.000.-

Intendencia de Valdivia____________________ 475.000.-

Intendencia de Magallanes, reparaciones y

ampliaciones_____________________________ 300.000.-

Otras obras, estudios e imprevistos

Ministerio del Interior__________________ 150.000.-

Escuela de Artesanos de Iquique____________ 400.000.-

Liceo de Niñas de Antofagasta______________ 500.000.-

Liceo de Hombres de Antofagasta____________ 500.000.-

Escuela de Minas de Antofagasta____________ 500.000.-

Internado Escuela Minas de Copiapó_________ 400.000.-

Escuela de Artesanos de San Felipe_________ 300.000.-

Terminación ampliaciones Liceo N.o 1 de

Niñas de Santiago________________________ 120.000.-

Liceo de Niñas de Rancagua_________________ 375.000.-

Liceo de Hombres de Curicó_________________ 100.000.-

Escuela de Artesanos de Lota_______________ 400.000.-

Otras obras, estudios e imprevistos

Ministerio de Educación Pública__________ 150.000.-

Cárcel y Juzgado de San Javier_____________ 130.000.-

Cárcel y Juzgado de Coronel________________ 150.000.-

Otras obras, estudios e imprevistos

Ministerio de Justicia___________________ 250.000.-

Continuación trabajos del gimnasio cerrado

de Punta Arenas__________________________ 750.000.-

Refugio Marítimo de Punta Arenas___________ 250.000.-

Para construcción de casas de emergencia

en Copiapó ($ 500.000) y La Serena

($ 500.000) por conducto de la Caja de la

Habitación Popular_______________________ 1.000.000.-

7) Otras obras: $ 2.600.000

Iniciación de trabajos de defensas de la

población de Puerto Aysen y del camino

a Coyhaique______________________________ 2.000.000.-

Adquisiciones para mejoramiento del

servicio fiscal de alumbrado eléctrico

de Constitución ($ 500.000) y otras

obras____________________________________ 600.000.-

Artículo 2

o Supleméntase en la suma de diez y ocho millones doscientos cincuenta y cuatro mil doscientos diez y ocho pesos 72/100 ($ 18.254.218.72) el ítem 12/03/11-a-6, del Presupuesto vigente, para completar la cuota fiscal que, de acuerdo con la ley N.o 4,851, corresponde a las erogaciones de particulares y Municipios al 1.o de Agosto de 1947, para la ejecución de obras de caminos y puentes.

Artículo 3

o Los saldos al 31 de Diciembre del presente año de los fondos a que se refiere esta ley, quedarán sujetos a las disposiciones de la ley N.o 8.904, de 13 de Octubre de 1947.

Artículo 4

o Autorízase al Presidente de la República para que en el presente año pueda hacer traspasos de los saldos existentes del presente año y de años anteriores, correspondientes a obras públicas, aunque pertenezcan a distintos Departamentos de la Dirección General de Obras Públicas, para los efectos de proseguir los trabajos en ejecución.

Estos traspasos sólo podrán decretarse previa certificación de la Dirección General de Obras Públicas de no perjudicarse con ellos los trabajos que actualmente se ejecutan.

Artículo 5

o El gasto que importa la presente ley se financiará con las mayores entradas producidas durante el primer semestre del presente año en la cuenta "d-10-h-Otras entradas eventuales no clasificadas".

Artículo 6

o Esta ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial".

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.

Santiago, a veintitrés de Septiembre de mil novecientos cuarenta y ocho.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Ernesto Merino Segura.- Jorge Alessandri R.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.