Ley · Nº 9400

Qué dice la Ley 9.400

SUBSTITUYE LOS ARTICULOS 6°, 7° Y 8° DEL CODIGO CIVIL, POR LOS QUE INDICA

Publicada
6 de octubre de 1949
Versiones
1
Artículos
6
Estado
Vigente

MINISTERIO DE JUSTICIA

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 9.400?

Ley 9.400 — «SUBSTITUYE LOS ARTICULOS 6°, 7° Y 8° DEL CODIGO CIVIL, POR LOS QUE INDICA». Fue publicada el 6 de octubre de 1949 por MINISTERIO DE JUSTICIA.

¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 9.400?

El corpus registra una sola versión, vigente desde el 6 de octubre de 1949: el texto no ha cambiado desde entonces.

¿La Ley 9.400 sigue vigente?

Sí. La Ley 9.400 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 6 de octubre de 1949.

Articulado

Texto vigente al 6 de octubre de 1949.

__preamble__

SUBSTITUYE LOS ARTICULOS 6°, 7° Y 8° DEL CODIGO CIVIL, POR LOS QUE INDICA

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

Artículo 1°

Substitúyense los artículos 6°, 7° y 8° del Código Civil, por los siguientes:

Artículo 6°

La ley no obliga sino una vez promulgada en conformidad a la Constitución Política del Estado y publicada de acuerdo con los preceptos que siguen".

Artículo 7°

La publicación de la ley se hará mediante su inserción en el Diario Oficial, y desde la fecha de éste se entenderá conocida de todos y será obligatoria".

"Para todos los efectos legales, la fecha de la ley será la de su publicación en el Diario Oficial".

"Sin embargo, en cualquiera ley podrán establecerse reglas diferentes sobre su publicación y sobre la fecha o fechas en que haya de entrar en vigencia".

Artículo 8°

Nadie podrá alegar ignorancia de la ley después que ésta haya entrado en vigencia".

Artículo 2°

Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.

Santiago, veintitrés de Septiembre de mil novecientos cuarenta y nueve.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Juan B. Rossetti.

Texto derivado de fuentes públicas de la Biblioteca del Congreso Nacional. No es una fuente oficial: para efectos legales la referencia es leychile.cl.