Ley · Nº 20852
Qué dice la Ley 20.852
AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO A LA EXDIPUTADA SEÑORA GLADYS MARÍN MILLIE
- Publicada
- 24 de julio de 2015
- Versiones
- 1
- Artículos
- 7
- Estado
- Vigente
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley 20.852?
Ley 20.852 — «AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO A LA EXDIPUTADA SEÑORA GLADYS MARÍN MILLIE». Fue publicada el 24 de julio de 2015 por MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA.
¿Desde cuándo rige el texto actual de la Ley 20.852?
El corpus registra una sola versión, vigente desde el 24 de julio de 2015: el texto no ha cambiado desde entonces.
¿La Ley 20.852 sigue vigente?
Sí. La Ley 20.852 no figura como derogada. La última versión registrada rige desde el 24 de julio de 2015.
Articulado
Texto vigente al 24 de julio de 2015.
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LEY NÚM. 20.852
AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO A LA EXDIPUTADA SEÑORA GLADYS MARÍN MILLIE
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley originado en moción de las diputadas y los diputados Guillermo Teillier Del Valle, Hugo Gutiérrez Gálvez, Sergio Aguiló Melo, Marcos Espinosa Monardes, Cristina Girardi Lavín, Gustavo Hasbún Selume, Clemira Pacheco Rivas, Patricio Vallespín López y de los exdiputados Enrique Accorsi Opazo y Orlando Vargas Pizarro,
Proyecto de ley:
Artículo 1º
Autorízase erigir un monumento en memoria de la exdiputada señora Gladys Marín Millie, en la comuna que determine la comisión especial que se crea por esta ley.
Artículo 2º
Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea en el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Artículo 3º
Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.
Artículo 4º
Créase una comisión especial encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por un diputado autor de la moción que le dio origen, elegido por la mayoría de ellos dentro de los sesenta días siguientes a su publicación; un representante de la Fundación Gladys Marín Millie, un representante del Partido Comunista de Chile y el Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales.
Una vez que la comisión determine el sitio donde se erigirá el monumento, de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del artículo 5º, se incorporará a ella el alcalde de la comuna respectiva.
La comisión elegirá un presidente de entre sus integrantes, funcionará en dependencias de la Fundación Gladys Marín Millie, y el quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.
Artículo 5º
La comisión especial tendrá las siguientes funciones:
a) Determinar la fecha y la forma en que se verificarán las colectas públicas a que se refiere el artículo 2º, y realizar las gestiones pertinentes destinadas a que éstas se efectúen.
b) Determinar el sitio en que se ubicará el monumento, en coordinación con el alcalde respectivo, la Fundación Gladys Marín Millie y el Consejo de Monumentos Nacionales. Asimismo, disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº17.288, sobre Monumentos Nacionales.
c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo.
d) Administrar el fondo creado en el artículo 3º.
e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.
f) Cualquier otra destinada a la concreción de las obras.
Artículo 6º
Si al concluir la construcción del monumento resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 20 de julio de 2015.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior y Seguridad Pública. Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.